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El Tribunal de la UE dirime la legalidad del 'billón eléctrico'

Las ayudas al sector eléctricos español vuelven a la actualidad, esta vez en el plano judicial y en plena presidencia española de la Unión. El Tribunal de la UE ha fijado para el próximo 28 de febrero la vista oral para resolver las diferencias que el Gobierno español y el Ejecutivo comunitario mantienen sobre el expediente. Madrid sostiene, en contra del criterio de la Comisión, que las ayudas cumplen con la directiva de liberalización.

La Comisión de Prodi y el Gobierno de Aznar volverán a verse las caras por culpa del enrevesado expediente de las compensaciones al sector eléctrico español, también conocidas como los CTC. La rueda del tiempo ha deparado también la ironía de que sea el departamento de la comisaria europea de Energía, Loyola de Palacio, el encargado de aportar ante el Tribunal europeo los argumentos comunitarios en contra de la norma adoptada por el Gobierno español en 1997, cuando ella misma formaba parte de aquel primer Gabinete de Aznar.

La vista, fijada en principio para el próximo jueves 28 de febrero, debe servir, según afirma el tribunal, para que ambas partes aporten datos nuevos respecto al procedimiento escrito. Ese mismo día, el juez ponente presentará también su informe sobre el caso y el abogado general del tribunal anunciará, previsiblemente, la fecha de publicación de sus conclusiones.

La sentencia del tribunal suele seguir la recomendación del abogado general que, de término medio, expresa su parecer tres meses después de la vista oral. A finales de mayo en este caso, casi tres años después de que se iniciara el recurso.

Fue el 8 de julio de 1999 cuando la Comisión Europea concluyó que las ayudas concedidas por el Gobierno al oligopolio eléctrico no podían acogerse a los supuestos de compensación previstos en la directiva de liberalización del sector.

La decisión provocaba que, dos meses más tarde, España presentase un recurso de anulación ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, con sede en Luxemburgo, cuya tramitación se acerca ahora a su fin. Y lo hace después de que la propia Comisión considerase los CTC compatibles con el derecho comunitario sobre ayudas de Estado, un análisis sobre el que el Gobierno español discrepa.

No sobre el resultado, que significó la autorización tras la modificación del régimen de ayudas, sino sobre el principio. Para Madrid, los CTC deberían haberse analizado en el marco de la directiva de 1996 que inició la apertura del mercado (hasta un 30%), la cual contemplaba la posibilidad de indemnizar a los antiguos operadores por la pérdida del monopolio.

Bruselas estimó, sin embargo, que la Ley 54 de 1997, por la que el entonces ministro de Industria, Josep Piqué, intentaba garantizar a las eléctricas el cobro de 1,3 billones de pesetas no cumplía los requisitos (de plazo, financiación, sometimiento a la evolución del mercado) previstos en la directiva. Para el Ejecutivo comunitario, los CTC ocultaban, simplemente, una ayuda de estado de dudosa legalidad.

El Tribunal de la UE puede ahora anular, con carácter retroactivo, la decisión de Bruselas de investigar los CTC como ayudas de estado. O confirmarla y obligar a España a pagar las costas del proceso.

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