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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Conglomerados financieros: depende, todo depende

Si no tienes unos pies grandes, unos zapatos grandes no te aportan beneficio

Billetes de euro.

En las últimas semanas, en el debate público se ha comentado la figura del conglomerado financiero. Algunas voces aseguraban que múltiples bancos europeos estaban intentando aumentar su participación en seguros, con la idea de poderse acoger a esta categoría para obtener un mejor tratamiento en términos de capital, el llamado compromiso danés. Cabría preguntarse: ¿es siempre conveniente acogerse a esta figura? Y la respuesta depende mucho del modelo de negocio de cada banco. El problema sería similar a quererse poner unos zapatos de talla grande: no te conviene si tienes los pies mucho más pequeños, no se camina bien; pero es perfecto si es tu número.

La figura del conglomerado financiero existe desde hace mucho tiempo, y se refiere al llamado modelo de banca-seguros, donde un grupo bancario tiene una participación muy significativa en su balance del negocio de seguros.

El tratamiento en términos de capital de los seguros es en principio igual para todos los grupos, pero, una vez este negocio supera una cierta proporción de tu balance, comienza a ser penalizador. Por eso se aprobó el compromiso danés, para que los grupos con una parte importante de seguros pudieran ponderarla al 370% en términos de capital.

De hecho, la nueva norma de capital recién aprobada en Europa (el reglamento CRR3) minora este porcentaje hasta el 250%, idéntico al del resto de las participaciones en entidades no financieras. Para ello es necesario primero cumplir unos criterios cuantitativos relacionados con el peso de los seguros en balance (con lo que ya eres un conglomerado financiero) y, segundo, estar sujetos a una supervisión reforzada, que se realiza de forma conjunta entre las autoridades bancarias y de seguros.

Ahora bien, el supervisor local puede otorgar una excepción (un waiver) por el que no se aplica la supervisión reforzada ni, por tanto, el tratamiento de capital a un banco, aunque sí se sea un conglomerado financiero por cumplir los criterios.

Por tanto, para que cada banco evalúe si le merece la pena ser un conglomerado financiero, deberá preguntarse: ¿tengo una participación suficiente respecto a mi balance de seguros como para que el tratamiento alternativo de capital me compense? Después, habría que saber si el supervisor local está de acuerdo con que se tenga una supervisión reforzada.

Y, por último, habría que evaluar si el coste de la supervisión reforzada se ve compensado por la ventaja en términos de capital. En Europa, la mayoría de los conglomerados se encuentran en Francia, aunque también los hay en países como Bélgica, Alemania, Italia o España.

Ahora que se habla tanto de la complejidad del marco regulatorio, hay que admitir que parte de ella, como el compromiso danés, tiene su origen en la necesidad de adaptarse a las características de los diferentes modelos de negocio. La Comisión Europea se ha comprometido a simplificar el marco regulatorio actual, con la idea de así fomentar la competitividad de la banca europea. A ellos corresponde decidir qué parte de las normas añade una complejidad innecesaria y qué parte está justificada por la realidad de la industria. En cualquier caso, reformar la normativa prudencial de capital, que acaba de ser revisada, no parece un escenario probable en el corto plazo. Eso significa que el compromiso danés seguiría en vigor en sus términos actuales.

En definitiva, no a todos nos quedan bien unos zapatos de una cierta talla; es necesario que cada uno conozca sus dimensiones y elija los que mejor le queden. Si no tienes unos pies grandes, unos zapatos grandes no te aportan beneficio.

Ana Rubio González es responsable de regulación financiera de BBVA

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