¿Qué debe saber el inversor antes de presentar la declaración de la renta de este año?
Saber los impuestos de cada producto financiero es importante, pero el ahorrador debe mirar más allá
La recta final de marzo nos lleva, inevitablemente, a empezar a pensar en la declaración de la renta. Los más afortunados estarán haciendo las maletas estos días y tendrán la mente en las vacaciones de Semana Santa, pero, a la vuelta, todos tendremos un cita con Hacienda.
Desde el próximo 3 de abril y hasta el 1 de julio, todos los contribuyentes podremos presentar nuestra declaración del IRPF de 2023. ¿Qué es lo que deben tener en cuenta los ahorradores e inversores? ¿Qué no deben pasar por alto y en qué sí se tienen que fijar?
Conocer para comprender: la fiscalidad dentro del plan personal y financiero
¿Es la fiscalidad lo más importante a la hora de elegir un determinado producto financiero? La respuesta es que no. Como explica Paula Satrústegui, socia de Asesoramiento patrimonial de Abante, “nunca se debería elegir un vehículo financiero pensando únicamente en su fiscalidad”.
La fiscalidad importa y hay que tenerla en cuenta a la hora de planificar nuestras finanzas, pero siempre de una forma global y nunca de manera aislada. Es decir, antes de invertir en cualquier producto financiero hay que hacer un ejercicio de reflexión personal que nos permita pensar sobre nuestros objetivos y para qué queremos realmente invertir. Deberemos pensar también en la parte patrimonial y en la financiera, en nuestras necesidades, en nuestro nivel de gasto y ahorro y, como complemento a todo lo anterior, en la fiscalidad.
Conocer qué impuestos vamos a pagar por nuestras inversiones es importante porque estos afectan directamente a la rentabilidad que vamos a obtener. Y, para evitar que este rendimiento se vea reducido, es necesario llevar a cabo un ejercicio de planificación financiera que nos ayude a minimizar el impacto fiscal y que nos permita sacarle el máximo partido a nuestro dinero.
La fiscalidad de los productos financieros: ¿por dónde empezamos?
En la escala estatal, la base general -donde hay que tributar por las rentas del trabajo, los rendimientos de capital inmobiliario, como los alquileres, y por el rescate de todos los productos relacionados con la jubilación, como los planes de pensiones- se mantiene sin cambios.
En la base del ahorro, la conocida como parte barata del impuesto, se añade un tramo más: 28% a partir de 300.000 euros. Aquí tributan, por un lado, los rendimientos del capital mobiliario, que son las rentas que proceden de elementos patrimoniales, bienes o derechos de naturaleza mobiliaria de los que seamos titulares y que no están afectos a actividades económicas. Estos son la venta de bonos y obligaciones o letras del tesoro, los dividendos y cupones o los intereses de los depósitos y cuentas corrientes
Por otro lado, en la base del ahorro tributan las ganancias o pérdida patrimoniales, que son las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente cuando se cambia la composición de este -siempre que la renta no esté sujeta a impuesto por otro concepto-. Aquí se incluyen la venta de acciones, de ETF o de derivados, además de la venta de fondos de inversión y sicav y de inmuebles.
Por ejemplo, en el caso de los fondos de private equity se tributa de manera distinta en función de lo que se vaya a gravar. Por un lado, se encuentra la venta, es decir, el momento en el que recuperamos la inversión y tenemos que tributar por las plusvalías obtenidas. Estas se incluyen como ganancia patrimonial en la base imponible del ahorro. Por otro lado, están los dividendos o las participaciones en beneficios, que tributan como rendimientos del capital mobiliario en la base imponible del ahorro.
Saber en dónde y cómo tributa cada producto es fundamental para poder compensar las rentas cuando se han tenido saldos negativos y positivos. Es decir, es una forma de pagar menos impuestos cuando se han tenido pérdidas financieras, algo que muchos inversores deben tener en cuenta si han vendido algún activo con pérdidas. En ese caso, habría que comprobar si pueden aprovechar la caída de alguna de sus inversiones y pagar menos impuestos por la ganancia que hayan obtenido por otro activo.
Por último, antes de presentar la declaración de la renta 2023, hay que repasar si hay alguna deducción que nos podamos aplicar y que se nos hay pasado por alto. Por ejemplo, desde el año 2020 se ampliaron las deducciones a aplicar por realizar donativos, que se mantienen sin cambios para la renta de 2023. Con carácter general, un contribuyente se puede deducir un 80% para los primeros 150 euros y un 35% sobre el exceso de los donativos realizados.
Respecto a los planes de pensiones, hay que recordar que, a nivel estatal, se pueden rescatar los derechos consolidados anteriores a 2007 con una reducción del 40% siempre que se haga en forma de capital y bajo una limitación temporal: quienes se hayan jubilado en 2015 tienen el año de jubilación en curso y los dos siguientes para poder aplicarse dicha deducción.
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