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Mercado financiero
Tribuna
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Coberturas contingentes y sus ventajas en un mercado incierto

En operaciones apalancadas o con un retorno ajustado, una subida de tipos tiene impacto en la rentabilidad

Pila de monedas con balanza.
Pila de monedas con balanza.sommart (Getty Images)

El actual escenario de tipos de interés al alza ha provocado que tanto los sponsors como los financiadores creen estructuras innovadoras para gestionar el riesgo de tipos. Cada vez es más habitual encontrarnos con operaciones en las que se incluye una cobertura de tipos de interés contingente.

En las operaciones con un apalancamiento elevado o en aquellas que tienen un retorno ajustado, cualquier subida de los tipos tiene un fuerte impacto en la rentabilidad. En caso de que los tipos suban en el período comprendido entre la firma y el cierre de la operación, el importe de deuda que puede soportar el proyecto se verá afectado a la baja y, en consecuencia, el retorno de la inversión se reducirá, pudiendo causar que los sponsors desistan del proyecto por falta de incentivos económicos.

En una operación típica el importe de la deuda se recalcula muy poco antes del cierre financiero en base principalmente a la ratio de cobertura del servicio de la deuda. Esta ratio mide la capacidad del financiado de generar flujos para cubrir las obligaciones de pago de la financiación, tomando en consideración un tipo fijo.

Si los tipos a cierre son superiores a los tipos que se tomaron en consideración cuando se preparó el modelo financiero, el servicio de la deuda se incrementará y el importe total de deuda que el acreditado es capaz de servir se verá reducida (dado que la capacidad de generar caja del proyecto se mantendrá inalterada).

Estos riesgos han empujado a los sponsors a intentar cerrar estrategias de protección ante las subidas de tipos de interés tan pronto como sea posible para así asegurarse que el importe de los fondos propios a aportar se mantiene lo más ajustado y los resultados económicos del proyecto estén protegidos cuanto antes.

Una cobertura contingente es una cubierta cuya entrada en vigor está condicionada a que ocurra un evento específico, como puede ser el cierre. Es muy parecido a una cobertura de intereses forward-start o a un swaption, pero presenta algunas diferencias significativas: En primer lugar, el acreditado podrá abandonar la estructura si no se cierra la operación sin que tenga que hacer ningún pago; En segundo lugar, no se asume ningún tipo de deuda hasta que no se cierra la cobertura; y, en tercer lugar, su precio es inferior al de un swaption, aunque sea más caro que el de una cobertura forward-start.

Las estructuras de las operaciones de cobertura de intereses contingentes están muy adaptadas a la operación y requieren que las partes analicen previamente cualquier impedimento para el cierre.

El acreditado no pagará ninguna prima al contratar la cobertura, sino que se incrementará el spread de la cobertura para compensar al proveedor del derivado riesgo que asume al entrar en la operación. Esto implica que el proveedor del derivado solo será compensado en caso de que se produzca el cierre y se active la cobertura.

Si la condición de entrada en vigor no se cumple en una fecha límite, la cobertura no entrará en vigor y, en consecuencia, el acreditado no pagará ningún importe al proveedor del derivado.

Dado que el proveedor del derivado asume el riesgo de que se produzca el evento contingente, éste necesita tener cierta certeza de que la operación se cerrará y así poder mitigar el riesgo mediante otras operaciones dentro del mercado. Esta operación es distinta de un derivado forward-start, en el que, si no se produce el evento, los posibles costes de ruptura corresponderán al acreditado.

En el actual escenario de movimientos de tipos, los sponsors deberían plantearse las posibles virtudes de tener el coste de financiación cubierto con anterioridad a cerrar la operación. Aunque hay que tener en cuenta que los proveedores españoles de derivados no suelen estar dispuestos a asumir el riesgo de los movimientos del mercado sin haber recibido previamente una compensación por adelantado.



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