_
_
_
_
En colaboración conLa Ley
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

El Caso Bankia y la presunción de “culpabilidad”

Los juicios paralelos en los medios de comunicación pueden resultar más dañinos que los reales

Sin titulo
Claudio Alvarez (EL PAÍS)
CINCO DÍAS

El derecho de opinión es toda una tentación, más si cabe en un caso que ha dado tanto que hablar como el de Bankia, donde en apenas 24 horas han sido varias las tribunas que he leído alentando a recurrir su reciente sentencia, como si amparándose en tal derecho de opinar pudiera decirse cualquier cosa que se nos pase por la cabeza, sin estudio profundo, reflexión o criterio alguno. Desconozco los intereses personales o profesionales de quiénes así puedan obrar, pero vale la pena reflexionar sobre este fenómeno, porque junto al derecho a opinar, está el derecho a juzgar la credibilidad y motivación de los que opinan, ya que ni es oro todo lo que reluce, ni tampoco conviene adoctrinarse con todo lo que se nos diga, por el mero hecho de que sea dicho.

En este sentido, vaya por delante que considero que la sentencia es justa, y esta reflexión no se basa en que haya podido tener la fortuna de defender la inocencia de uno de las personas absueltas, sino porque basta analizar sus 442 páginas para comprender que la misma ha sido fruto de un concienzudo análisis de todas las pruebas practicadas durante más de 74 sesiones, a veces de mañana y tarde, en la que tanto los magistrados como el resto de los funcionarios públicos que han intervenido, se han dedicado a la búsqueda encomiable de la verdad del caso, mostrando una paciencia y profesionalidad que todos los letrados agradecimos en su día.

También, existen personas a las que, de buena fe, les ha causado extrañeza la resolución, fundamentalmente debido a que durante ocho años han ido recibiendo noticias que hacían pensar en un fallo distinto. ¿Es que estaban equivocadas todas aquellas informaciones que conformaban una maraña de presunción de culpabilidad de los acusados, o es que hemos ido filtrando, o recibiendo filtrada, solo una parte de los hechos en análisis? Los juicios paralelos en los medios de comunicación pueden resultar más dañinos que los reales, precisamente cuando generan o pueden generar este tipo de sesgos y causan la muerte civil de los que los sufren, que pierden sus trabajos, ilusiones y a veces hasta sus amistades. Por ejemplo, en un caso como el presente donde se ha juzgado a personas por haber tratado de engañar a otras en una salida a Bolsa, ¿por qué apenas se ha publicado que defendidos como el mío habían invertido importantes sumas de dinero en dicha salida a Bolsa de Bankia, acciones que conservaron incluso después de haber dimitido de sus cargos? ¿Acaso no prueba lo anterior la absoluta inocencia de una persona que lejos de engañar, ha confiado en la misma inversión? ¿Por qué este tipo de informaciones no acapara titulares? Lo expuesto es una pequeña parte del iceberg comprensivo de la prueba real practicada.

Está claro que no siempre llueve a gusto de todos, pero los tribunales no están para darnos gusto, sino para resolver con conciencia y en conciencia, conforme a la ley, los casos que se les presenten, máxime cuando las consecuencias de sus decisiones pueden ser la prisión de seres humanos que, como cualquiera de nosotros, merecen ser juzgados, y no simplemente prejuzgados y condenados de antemano.

 Javier González Espadas, socio del área de litigación de Ceca Magán.

Archivado En

_
_