El impacto del Covid-19 en las ciudades. Movilidad, desarrollo urbano y sostenibilidad
El Ayuntamiento de Madrid se plantea ya la modificación de la Ordenanza de Terrazas, Quioscos de Hostelería y Restauración
La crisis sanitaria del Covid-19 va a afectar a todos los sectores económicos y sociales. Evidentemente, tanto el desarrollo urbano de las grandes ciudades como el desenvolvimiento de actividades esenciales se van a ver afectados y ello, más allá del impacto social, tiene un importante calado jurídico y económico.
Uno de los ejemplos más visuales es la movilidad. Parece claro que tendremos que olvidarnos hasta nuevo aviso de los transportes llenos. Por el momento, y vigente el estado de alarma, se han previsto ciertos mecanismos para intentar compensar las pérdidas económicas a los contratistas y concesionarios de sistemas de transporte público que se han visto forzados a reducir su aforo.
Así pues, el artículo 34 del Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19 que, por ejemplo, para los contratos de concesión de servicios prevé la posibilidad de requilibrar el contrato mediante la ampliación de la duración inicial del mismo, hasta un máximo de un 15 por 100, o mediante la modificación de las cláusulas de contenido económico.
Sin embargo, los mecanismos hasta ahora previstos parecen limitarse a la vigencia del estado de alarma, como si tras su “levantamiento” la movilidad de los ciudadanos fuese a ser como antes, sin restricciones y sin impacto económico en las empresas contratistas. Ante la muy probable posibilidad de que las medidas de distanciamiento social perduren en el tiempo, se convierte en esencial abordar los métodos que permitan la subsistencia de las empresas del sector que ven incrementados sus costes y mermados sus ingresos por la limitación de viajeros.
Así pues, habrá que analizar qué sistema es el más conveniente, que podría pasar por una modificación de los contratos, que los haga financieramente asumibles para las empresas, pero garantizando una movilidad sostenible, segura y socialmente eficaz.
Asimismo, en cuanto a la reactivación de la economía en las ciudades, muchos Ayuntamientos abogan ya por modificar sus normativas con el objetivo de: (i) agilizar procesos de obtención de permisos y licencias, y (ii) reactivar la economía y el consumo.
Así, por ejemplo, habrá de abordarse qué medidas regulatorias son necesarias para permitir la reactivación de actividades y que, al mismo tiempo, garanticen la seguridad de los ciudadanos ante el Covid-19. Las medidas de aforo y el distanciamiento social van a modificar el ocio tal y como lo conocíamos, y nuestras ciudades deben responder ante esta nueva realidad, procurando conseguir un equilibrio razonable entre seguridad y actividad económica.
El Ayuntamiento de Madrid se plantea ya la modificación de la Ordenanza de Terrazas, Quioscos de Hostelería y Restauración para variar los aspectos relativos al aforo, uso de espacios comunes, etc. En concreto, respecto a las terrazas se plantea modificar sus límites de ocupación del dominio público para poder hacer efectiva la distancia entre clientes, perjudicando con ello lo menos posible a los empresarios.
De nuevo, estamos ante modificaciones que parecen “sencillas” pero que sin duda van a estar cargadas de casuística. No todos los espacios tienen capacidad para aumentar la división de las terrazas sin invadir a comercios y viviendas, ni todos los barrios tienen una ordenación regular según sus calles. A ello hay que sumarle el hecho de que la modificación de las normativas requiere de una serie de procedimientos administrativos que dificultan la puesta en funcionamiento de decisiones urgentes e inmediatas.
Todo lo anterior evidencia que nos orientamos más si cabe a un desarrollo urbano sostenible. A este respecto, la OMS ya advirtió hace años de que en las ciudades existe el riesgo de concentrarse amenazas para la salud tales como "las deficiencias del saneamiento y la recogida de basuras, la contaminación, los accidentes de tráfico, los brotes de enfermedades infecciosas y los modos de vida malsanos”.
Nuestra normativa nacional también reconoce la sostenibilidad como uno de los principios básicos del desarrollo territorial. En efecto, el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana establece que las políticas urbanísticas deben propiciar el uso racional de los recursos naturales armonizando los requerimientos de la economía, el empleo, la cohesión social, la igualdad de trato y de oportunidades, la salud y la seguridad de las personas y la protección del medioambiente (artículo 3).
Sin duda, la crisis del Covid-19 ha posibilitado que todos seamos conscientes de aquello que no hacíamos bien pero que no cambiamos porque “funcionaba”. Estamos ante una oportunidad sin precedentes para convertir nuestras ciudades en mejores lugares en los que vivir, todo ello contando con que nuestras Administraciones actúen como garantes e impulsores de dicho cambio.
Lara Matos Franch, abogada asociada en Ontier.