La próxima reforma laboral será neotecnológica
Se ha presentado el V Anuario del Instituto Cuatrecasas Centrado en tecnologías disruptivas en el mercado laboral
La próxima reforma laboral será neotecnológica. Así, al menos, lo creen los expertos. “Nos encaminamos hacia un entorno laboral neotecnológico que va a cambiar la fisonomía de las relaciones laborales. Dos de los ámbitos en los que tendrá mayor repercusión serán los de la libertad de expresión e información, dado que vamos hacia el trabajador hiperconectado, y la del tiempo de trabajo que incluirá el debate sobre el uso de las redes sociales en el trabajo y el derecho a la desconexión. La próxima reforma laboral no será consecuencia de la crisis, como la de 2012, sino para adaptarse al entorno neoctecnológico hacia el que nos dirigimos a pasos agigantados”. En estos términos se expresó Salvador del Rey, Presidente de Instituto Internacional Cuatrecasas de Estrategia Legal en RR.HH., en el curso de la presentación del Informe “El impacto de la empresa hiperconectada y de las redes sociales en la organización del trabajo, en la gestión de los recursos humanos y en las relaciones laborales”, que forma parte del Proyecto Technos.
Según Salvador del Rey, la transformación digital va más allá de lo que es una revolución tecnológica porque se ha producido la “gran convergencia”, es decir, la coincidencia en el tiempo y la interacción entre varias tecnologías, como las redes sociales, la robótica, la inteligencia artificial o el internet de las cosas. A su juicio, la “gran convergencia” tiene, al menos 3 grandes consecuencias: 1) ha acelerado mucho el cambio, 2) ha hecho más impredecibles las consecuencias de este cambio y 3) tiene una enorme extensión, afectando a todo tipo de empresas, personas y países.
El V Anuario del Instituto Cuatrecasas en esta ocasión se ha centrado en identificar el impacto de las tecnologías disruptivas en el mercado laboral, en la organización del trabajo y en los recursos humanos, y cómo todo ello ha de manifestarse en propuestas de cambios para un “marco laboral neotecnológico”. Dentro de este Anuario (publicado por Wolters Kluwer) se incluye el primer Informe sobre el impacto de las Redes Sociales en el ámbito laboral.
El Director del Instituto Cuatrecasas, Guillermo Tena, afirma que “la utilización de las redes sociales como herramienta estratégica en la gestión de recursos humanos plantea un nuevo modelo de gestión. La generalización del uso de las redes sociales está suponiendo la aparición de nuevas áreas de conocimiento, así como la exigencia del desarrollo de habilidades digitales esenciales a los actuales trabajadores. Los nuevo modelos integran incluso a personas que no pertenecen a las organizaciones, como freelancers o autónomos, y también a ex-empleados, que están jugando un rol importante en las estrategias de reputación corporativa de las empresas”.
El Informe recoge un ‘Decálogo de Recomendaciones’ para las empresas en materia de medios telemáticos y uso de las redes sociales’. Es el siguiente:
1. Proactividad. Todas las empresas deberían disponer de una política interna sobre el uso de los medios telemáticos y de las redes sociales en la empresa.
2. Claridad y accesibilidad. La política interna sobre el uso de medios telemáticos y de las redes sociales en la empresa debe ser clara y accesible a todos los trabajadores.
3. Aplicación coherente. Las instrucciones y reglas establecidas por la empresa deben ser implementadas de una forma regular y coherente.
4. Actualización y recordatorio permanentes. La regulación por los Códigos telemáticos deben ser regularmente revisadas para hacerlos plenamente efectivos y continuamente recordadas.
5. No expectativa de intimidad. La clave regulatoria de los códigos sobre el uso de los medios telemáticos de la empresa debe ser que, o bien no pueden ser utilizados para fines personales, o bien, si se permite un uso razonable para fines privados, que no puede deducirse de ello una expectativa de intimidad.
6. Salvaguarda de la productividad. La política interna sobre el uso de medios telemáticos y de las redes sociales en la empresa debe propiciar una utilización por los empleados orientada a atender las necesidades productivas de la compañía.
7. Redes sociales corporativas como instrumentos de trabajo. Las redes sociales corporativas son un medio de organización y desarrollo de la prestación de servicios.
8. Límites al control empresarial de las redes privadas. La facultad de control empresarial no se extiende al uso de redes personales por sus empleados, excepto si la empresa es objeto de tratamiento en dichas redes.
9. Extensión de la libertad de comunicación. Los medios telemáticos amplifican el alcance de la información y opinión vertida por los trabajadores y estos deben saber sus límites.
10. Política empresarial sobre desconexión. La empresa debe regular los límites a la utilización por sus empleados de los medios telemáticos con finalidad laboral fuera del tiempo de trabajo.