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Portugal eleva las trabas a los extranjeros en la prórroga de sus ventajas fiscales

El país luso extiende un año el beneficio, pero limita fuertemente los criterios de acceso para evitar un efecto llamada. Algunas de las condiciones a cumplir son incluso retroactivas

Un tranvía en la parte antigua de Lisboa.
Un tranvía en la parte antigua de Lisboa.Alexander Spatari (Getty Images)
Pablo Sempere

Portugal ha decidido dar algo más de vida al famoso y agresivo régimen que rebaja drásticamente la tributación de los residentes no habituales, aunque al mismo tiempo ha endurecido los criterios para poder solicitar la ventaja. En octubre, el entonces primer ministro, António Costa, anunció para el 31 de diciembre de 2023 el fin de esta fórmula, de la que se han aprovechado las altas rentas. Sin embargo, tras su dimisión y en pleno debate para aprobar los Presupuestos, el partido socialista introdujo una modificación en las cuentas públicas para extender un ejercicio más el régimen. Ahora, se podrá acceder hasta el 31 de diciembre de 2024, aunque para ello será necesario cumplir con varios requisitos.

Tal y como explica Maryline Valente, abogada lusa especializada en fiscalidad internacional y directora del departamento de asuntos portugueses de Ejaso, “parece que los socialistas no han querido matar de golpe el régimen y lo han extendido un año más”. Sin embargo, para no crear un efecto llamada, han introducido “una serie de elementos que delimitan fuertemente el acceso y que van a dejar fuera a muchos contribuyentes”.

Según detalla la propuesta de modificación de las cuentas públicas, relativa al artículo 143, podrán acogerse al régimen especial los sujetos pasivos que se conviertan en residentes a efectos fiscales hasta el 31 de diciembre de 2024 y que cumplan, al menos, con una de las condiciones fijadas.

Por ejemplo, será necesario un contrato de trabajo o un compromiso laboral firmado antes del 31 de diciembre de 2023, “cuyo ejercicio de funciones deba ocurrir en territorio nacional”. También serán aceptados los casos en los que haya un visado o autorización de residencia válido al menos hasta finales de este 2023.

Lo más sorprendente, sin embargo, es que la normativa también incluye requisitos cuya fecha límite de cumplimiento es anterior a la aprobación de los Presupuestos del Estado. Así, según el texto oficial, también serán válidos los casos en los que se haya firmado un contrato de arrendamiento, “u otro contrato que conceda el uso o la posesión de inmueble en territorio portugués”, antes del 10 de octubre de 2023. También se aceptará “un contrato de reserva o un contrato-promesa de adquisición de derecho real sobre inmueble en territorio portugués”, de nuevo firmado antes del 10 de octubre. Por último, se permitirá la solicitud del régimen especial si se ha matriculado a un hijo en un establecimiento de enseñanza domiciliado en territorio luso, también en la misma fecha.

“Han abierto una ventana y han dado algo de oxígeno al régimen, pero no deja de ser extraño que, con una ley que empieza el próximo año, varios requisitos sean pasados”, apunta Valente. “De alguna forma la normativa es restrictiva, porque limita en el tiempo el derecho de acceso a la ventaja fiscal”, añade.

La justificación de todos estos postulados, añade la abogada, se encuentra en el propio texto. Según detalla la propuesta de modificación presentada por los socialistas, frente a la revocación inmediata del régimen resulta importante crear una figura transitoria que salvaguarde “las legítimas expectativas de los ciudadanos que ya han iniciado una serie de diligencias materiales en el cambio de residencia fiscal a Portugal”. “El cambio de país tiene naturalmente un impacto muy significativo en la vida de cualquier persona” y es necesario “crear un régimen transitorio”.

En opinión de Valente, el régimen especial tiene “unas ventajas muy apetecibles, sobre todo para quien tiene rendimientos de fuentes pasivas”. El problema, sin embargo, es que la extensión de las ventajas es tan limitada “que prácticamente no va a poder ser aprovechada por quien no hubiese maniobrado antes del pasado mes de octubre”. Por ello, recalca, no parece que haya ninguna conexión entre la extensión del régimen y el fallo del Constitucional español, que avaló en noviembre el impuesto a las grandes fortunas.

Menos impuestos

El Régimen Fiscal del Residente No Habitual (RNH) fue creado en Portugal en el año 2009 con el fin de fomentar la inversión extranjera en el país. La principal ventaja es que las personas físicas que se acogen a él no tributan por los ingresos generados fuera del país, una situación que puede prolongarse durante un máximo de 10 años. A su vez, las rentas nacionales están gravadas al 20% y las pensiones, al 10%, unos tipos mucho más bajos que los del régimen general nacional y que los de los sistemas fiscales de la mayor parte de países.

Por todo ello, ha sido aprovechado en los últimos años por miles de altos contribuyentes que, por ejemplo, obtenían dividendos abonados por empresas situadas en otras jurisdicciones o rentas inmobiliarias de casas alquiladas en otras regiones. También han recurrido a él otros perfiles del sector de las nuevas tecnologías y del ámbito del trabajo digital. En el año 2022, según el Tribunal de Cuentas luso, más de 70.000 personas estaban inscritos en él.

Cabe recordar, no obstante, que el fin del régimen especial tiene una exención pensada precisamente para estos perfiles de alto valor, es decir, del sector investigador y científico. El país ha creado un régimen alternativo pensado para ellos con el objetivo de atraer talento al país.

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Sobre la firma

Pablo Sempere
Es redactor en la sección de Economía de CINCO DÍAS y EL PAÍS y está especializado en Hacienda. Escribe habitualmente de fiscalidad, finanzas públicas y financiación autonómica. Es graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.
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