Vivienda, coche eléctrico, alimentos, permiso por pareja de hecho... Las claves del último paquete de ayudas del Gobierno

El estatuto del becario y la posibilidad de prorrogar contratos de alquiler sin afrontar subidas de coste, los puntos que quedaron fuera

La vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño (i) y la ministra Portavoz y de Política Territorial, Isabel Rodríguez (d), durante una rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, en el Palacio de la Moncloa, a 27 de junio de 2023, en Madrid.Eduardo Parra (Europa Press)

El último Consejo de Ministros del mes de junio trajo consigo múltiples anuncios en el plano económico. El decreto de ayudas por la guerra de Ucrania expiraba, y el Gobierno ha tomado decisiones sobre qué medidas prolonga, añade o retira. Entre algunos de los principales campos afectados, están la vivienda, el coche eléctrico, la energía o los impuestos sobre los alimentos, así como nuevas políticas para impulsar la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores. “Este séptimo paquete de medidas anticrisis moviliza 3.800 millones de euros adicionales. Entre bajadas de impuestos, ayudas directas y bonificaciones, el monto global alcanza los 8.900 millones de euros en la segunda parte del año. En total, se están movilizando más de 47.000 millones de euros en respuesta al impacto de la guerra”, escribía el Gobierno en la referencia del Consejo de Ministros para dar una idea de las implicaciones de lo aprobado. A continuación, las claves de las principales decisiones que se adoptaron.

IVA de los alimentos

El nuevo paquete aprobado mantiene la supresión durante seis meses más del IVA del 4% que se aplica a todos los alimentos de primera necesidad, entre ellos el pan, la harina, la leche, los quesos o los huevos, y la rebaja del 10% al 5% del aceite y la pasta.

Dentro de los alimentos básicos que ven eliminado el IVA del 4% destacan el pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común; las harinas panificables; los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo; los quesos; los huevos y las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario.

Aunque este descenso del IVA está proyectado en un principio para durar hasta diciembre de este año (incluido), podría terminar antes de tiempo. “Estas rebajas tributarias permanecerán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023, siempre que la tasa interanual de la inflación subyacente esté por encima del 5,5%. Si cae por debajo de esa tasa en el mes de septiembre, cuyo dato se conocerá en el mes de octubre, se recuperaría el tipo impositivo habitual de IVA en los alimentos antes referidos en los dos últimos meses previstos para la aplicación de la medida. Es decir, desde el 1 de noviembre”, detalla el documento oficial. Según las estimaciones de Hacienda, los hogares españoles se ahorrarán 1.320 millones de euros en el ejercicio 2023 por las rebajas de IVA.

Ayudas al transporte público

El Gobierno anunció que seguirá bonificando el precio del transporte público. La rebaja para el usuario sería del 50% y se aplicaría siempre y cuando las Comunidades Autonómas aporten el 20% de esa rebaja, ya que solo el 30% corresponde a las cuentas estatales.

“El Estado destinará un máximo de 380 millones de euros más para cubrir el coste de la reducción de un 30% en el precio de los abonos y títulos multiviaje, de forma que las administraciones autonómicas y locales deberán financiar, con cargo a sus propios presupuestos, la cuantía restante para compensar a las empresas y operadores de transporte terrestre. Es decir, deberán financiar una rebaja de al menos el 20% entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2023″.

En el caso de la Comunidad de Madrid, la bonificación seguirá siendo del 60% en los abonos y del 50% en los multiviaje.

Contratos de alquiler y prórroga a los desahucios

No en todos los casos el Ejecutivo ha decidido prorrogar las ayudas que estaban vigentes. Una de las medidas cuya falta de continuidad más críticas ha levantado ha sido el final de la posibilidad de que los inquilinos soliciten una prórroga de sus contratos de alquiler sin posibilidad de que los propietarios les suban el precio. Esta normativa, que se aprobó en marzo de 2020 en plena pandemia, decaerá finalmente el próximo 30 de junio.

En la referencia al Consejo de Ministros, se pone el foco en que, pese al final de la medida, las subidas serían limitadas a un 2% hasta finales de 2023. “Cabe destacar que la nueva legislación establece un incremento máximo anual del 3% del alquiler en los contratos vigentes desde el 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre e introduce un mandato al Instituto Nacional de Estadística (INE) para que defina antes del 31 de diciembre de 2024 un nuevo índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda para evitar incrementos desproporcionados en la renta. Asimismo, la limitación del 2% de la actualización anual de la renta aprobada a finales de 2022 continúa vigente hasta el 31 de diciembre de este año”, relata el documento.

Aunque el alquiler sin subidas de precios no se ha prorrogado, sí se ha hecho en el caso de la moratoria que pesa sobre los desahucios. En concreto, el Consejo de Ministros ha aprobado ampliar hasta el 31 de diciembre de 2023 la suspensión de los desahucios y lanzamientos de vivienda habitual para personas y familias vulnerables.

Cabe recordar que se establecen una serie de supuestos en los que nunca podrá aprobarse esta prórroga del desahucio. No será aplicable cuando la vivienda sea la residencia habitual o segunda residencia del propietario, cuando se haya producido en un inmueble de propiedad de una persona física o jurídica que lo tenga cedido por cualquier título válido en derecho a una persona física que tuviere en él su domicilio habitual o segunda residencia debidamente acreditada. Cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas. Si existen indicios racionales de que la vivienda se esté utilizando para la realización de actividades ilícitas, en el supuesto de que se trate de inmuebles destinados a vivienda social y ya se hubiera asignado la vivienda a un solicitante. O bien, cuando la entrada en el inmueble se haya producido con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 11/2020.

Avales para que jóvenes compren vivienda

El real decreto incluye la aprobación de la línea de avales del 20% dirigida a jóvenes y a familias con menores a su cargo para favorecer el acceso a los créditos hipotecarios.

La partida cuenta con un importe máximo de 2.500 millones de euros. Los avales están dirigidos a jóvenes de hasta 35 años y familias con menores a su cargo sin límite de edad con ingresos individuales de hasta 37.800 euros brutos al año (4,5 veces el IPREM). En el caso de que la vivienda sea adquirida por dos personas, el límite de ingresos se elevará al doble. Es decir, los ingresos de los dos adquirientes no podrán superar en conjunto, la suma del límite establecido para cada uno.

El periodo para formalizar las hipotecas que se acojan a esta línea de avales finalizará el 31 de diciembre de 2025, con posibilidad de prórroga de dos años en función de la demanda y las circunstancias económicas.

Deducciones por compra de coche eléctrico y apoyo a los puntos de recarga

Este real decreto incluye una deducción del 15% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) sobre una base máxima de 20.000 euros para aquellas personas físicas que adquieran un vehículo eléctrico o instalen un punto de recarga. Esta desgravación se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2024, si bien, la medida será susceptible de ampliarse a diciembre de 2025 cuando se dé el visto bueno por parte de Bruselas a la adenda del Plan de Recuperación que el Consejo de Ministros aprobó a principios de este mes.

“Como complemento a estas ventajas para la compra del vehículo eléctrico, se fomenta con medidas similares la instalación de puntos de recarga para estos coches. Los particulares podrán acceder a una deducción del 15% en el IRPF si instalan esos puntos enchufables para recargar la batería en un inmueble de su propiedad. El requisito es hacerlo antes del 31 de diciembre de 2024 y que ese sistema no esté vinculado a una actividad económica”, escribe el documento oficial.

Conciliación laboral y pareja de hecho

Además, el Consejo de Ministros impulsó nuevas normativas que buscan favorecer la conciliación de los profesionales. En este caso, se adoptó una transposición de una directiva europea.

El texto recoge un nuevo permiso parental para el cuidado de hijo o menor acogido por tiempo superior a un año, que podrá disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años. Este permiso, de duración no superior a 8 semanas, continuas o discontinuas, es intransferible y podrá disfrutarse de manera flexible.

Asimismo, se establecieron cambios en el permiso para ausentarse del puesto de trabajo con derecho a remuneración. Ahora, los trabajadores tienen derecho a cinco días por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario. Se pueden beneficiar de este permiso los convivientes con el trabajador que necesite cuidados. Cuatro días para el nuevo derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos urgentes e imprevisibles. En el caso de permiso por fallecimiento del cónyugue (dos días) se incluyen parejas de hecho.

Se amplió el derecho a la reducción de jornada para el cuidado de hijos o personas a cargo con discapacidad que sean menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave, cuando el grado de discapacidad supere el 65%, siempre que esta condición se acredite antes de cumplir los 23 años. Y por último, se fijó el derecho a disfrutar de 15 días naturales en caso de registro de pareja de hecho.

Más tiempo para las renovables

El Gobierno también dio luz verde a una extensión de seis meses en el plazo, que expiraba el próximo 25 de julio, para que los titulares de proyectos renovables y almacenamiento puedan obtener su acreditación de la autorización de construcción, dando así un respiro a los cientos de proyectos verdes que se quedaban sin margen de maniobra al expirar el plazo.

En la actualidad, en todo el territorio nacional hay proyectos renovables que suman 43 gigavatios (GW) de potencia -el 80% fotovoltaica y el 20% eólica- que debían obtener la autorización de construcción antes del próximo 25 de julio o decaer y volver a iniciar toda la tramitación administrativa tras obtener nuevamente los permisos de acceso y conexión a la red. Con la medida, se ahorra el tener que repetir trámites.

Bombona de butano a 19,55 euros y otras iniciativas de energía

En vistas de posibles inestabilidades futuras en el precio de los gases licuados de petróleo de cara al invierno, se ha prorrogado hasta el próximo 31 de diciembre el precio máximo de venta de la bombona de butano de 19,55 euros que se estableció en junio del año pasado. “El precio máximo de venta de la bombona está regulado y se revisa bimestralmente; en la actualidad, gracias a la relajación de las cotizaciones internaciones, está situado en 15,96 euros”, aclara la referencia del Consejo de Ministros.

El Gobierno también ha prorrogado hasta el 31 de diciembre la exención sobre el 80% del importe de los peajes eléctricos de la que se benefician las empresas electrointensivas desde el 1 de enero de 2022. Por otro lado, se han modificado las referencias de precios de los mercados eléctricos y de los combustibles introducidos en las fórmulas que definen los parámetros retributivos de las plantas de cogeneración, biomasa y residuos. Según los cálculos de Moncloa, esta medida incrementará en 180 millones los ingresos regulados de las instalaciones renovables en 2023, a lo que se añadirán otros 20 millones para las plantas de cogeneración a computar en el primer semestre de 2023.

Estatuto del becario aplazado

El conocido como estatuto del becario, una de las promesas que el Gobierno hizo, quedará incumplida. En concreto, el Ejecutivo se comprometió a que los becarios tuvieran derecho a cotizar desde el 1 de octubre de 2023. Según adelantó eldiario.es y confirmaron a El País fuentes del Ministerio de Seguridad Social, el Gobierno aplazó ayer la cotización de los becarios hasta el 1 de enero de 2024 para dar más tiempo a los centros educativos para adaptarse a la nueva normativa.

Prohibición de despido en ciertas empresas

Se han prolongado las medidas laborales que prohiben el despido en aquellas empresas que hayan percibido ayudas públicas. “De esta manera, el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido hasta el 31 de diciembre de 2023. El incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de la ayuda recibida. Las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos”, explica el documento.

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