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El supervisor de EE UU insta a que los bancos dejen de marginar a la industria cripto

La Oficina del Contralor de la Moneda ha emitido una carta interpretativa que permite a las entidades financieras ofrecer servicios como la custodia de activos digitales sin su visto bueno y revoca su declaración anterior

El presidente Donald Trump firma una orden ejecutiva en la Casa Blanca.

En los últimos años, la industria cripto en Estados Unidos vivió una paradoja: mientras se convertía en un negocio multimillonario, empresas y startups han tenido dificultades para acceder a servicios bancarios básicos como una cuenta corriente. Algunas, de hecho, han denunciado que les han bloqueado el acceso o eliminado la cuenta sin darles explicaciones. El debate sobre la desbancarización se ha intensificado en los últimos meses, tras la vuelta de Donald Trump a la Casa Blanca, ya que el sector vio en el mandatario republicano un aliado en su lucha. Y tenía razón. En la criptocumbre de principios de mes, el presidente lo dejó claro: “Obligaron a los bancos a cerrar las cuentas de negocios y emprendedores de criptomonedas, bloqueando algunas transferencias de dinero hacia y desde los exchanges, y utilizaron al gobierno como arma contra toda la industria. Todo esto pronto llegará a su fin”, espetó.

Dicho y (casi) hecho. La Oficina del Contralor de la Moneda (OCC), que regula y supervisa todos los bancos nacionales, las cooperativas de ahorro federales, y las sucursales federales de bancos extranjeros, ha publicado recientemente una carta interpretativa (la número 1183) que reafirma lo que ya establecían otras declaraciones emitidas en 2020 y 2021: que los bancos pueden ofrecer ciertos servicios cripto, como custodiar de activos digitales, mantener depósitos en dólares como reservas que respalden ciertas stablecoins respaldadas en una proporción 1:1 por una única moneda fiduciaria, y participar activamente en redes de blockchain o tecnologías de libro mayor distribuido (DLT), sin la necesitad del visto bueno del supervisor.

Este nuevo documento revoca la carta interpretativa 1179, emitida en noviembre de 2021, y que generó cierta ambigüedad en torno a la participación de los bancos en estas actividades. El texto establecía que estos servicios eran legales, “siempre que el banco pudiera demostrar, a satisfacción de su oficina supervisora, que contaba con los controles adecuados para realizar la actividad de manera segura y sólida (....) Una actividad propuesta no puede considerarse parte del negocio bancario si la entidad no tiene la capacidad de llevarla a cabo de manera segura y sólida”, se lee.

Además, el documento establecía que los banco tenían que notificar por escrito a la oficina supervisora su intención de participar en cualquiera de las actividades mencionadas y previstas en las cartas interpretativas anteriores. “El banco no debe llevar a cabo dichas actividades hasta que reciba una notificación por escrito de no objeción por parte del supervisor. Este evaluará la idoneidad de los sistemas y controles de gestión de riesgos del banco, así como sus sistemas de medición de riesgos, para garantizar que pueda participar en las actividades propuestas de manera segura y sólida”, refleja el documento. Los bancos que ya ofrecían actividades cripto no necesitaban obtener una no objeción del supervisor. No obstante, la OCC aclaraba que examinaría estas actividades en su proceso de supervisión. Para los expertos consultados, el mero indicio de que una actividad requiere un mayor escrutinio es suficiente para disuadir a los banqueros de llevarla a cabo.

Este cambio de rumbo tiene como objetivo reducir la carga regulatoria, fomentar la innovación y mejorar la transparencia, según la agencia. “La OCC espera que los bancos implementen los mismos controles de gestión de riesgos sólidos para respaldar las nuevas actividades bancarias que para las tradicionales”, declaró el director interino de la agencia, Rodney E. Hood. Judith Arnal, investigadora principal del Real Instituto Elcano y del Centro de Estudios de Política Europea, advierte de que esta flexibilización regulatoria conlleva varios riesgos asociados: la exposición del sector bancario al mercado cripto y el riesgo prudencial, por su potencial de socavar la estabilidad financiera; el riesgo reputacional y la confianza del cliente, ante la percepción de que el sector cripto es poco transparente.

Para la experta, esta medida no es tan extraordinaria si se compara con MiCA. “La diferencia clave es que MiCA establece requisitos mucho más claros y detallados sobre cómo deben operar los bancos como custodios de criptoactivos. Esto incluye la segregación de activos, registros detallados, acuerdos de custodia formales, informes periódicos a clientes y la asunción de responsabilidad en caso de pérdida de activos por negligencia”. La OCC, en cambio, ha optado por un enfoque más flexible y menos prescriptivo, eliminando las barreras de entrada sin imponer nuevos requisitos específicos, lo que da más margen a los bancos para definir sus propios controles de riesgo.

Prat Vallabhaneni, socio de fusiones, adquisiciones y regulación de servicios financieros del despacho global de abogados White & Case, considera que la carta representa un cambio significativo de la actitud de la agencia hacia los bancos que operan con activos digitales. No obstante, pone el foco en la discrepancia de la regulación. “Ahora hay una diferencia en el enfoque de la OCC en comparación con el de la FDIC y la Reserva Federal, lo que requiere una armonización”, dice. En 2022, de hecho, la Federal Deposit Insurance Corporation también exigió a las entidades financieras bajo su supervisión que notificaran cualquier actividad ligada al ecosistema cripto, advirtiendo sobre los riesgos de operar con ello. “Dada la falta de coherencia entre las agencias bancarias y la ausencia de claridad por parte de otras entidades, como FinCEN (Control de delitos financieros), se necesita más orientación y una reforma legislativa para garantizar un acceso más equitativo a los servicios bancarios”, explica a CincoDías.

Desde White & Case revelan que en los últimos tiempos han notado un aumento en las consultas de los clientes, tanto bancos como empresas cripto, que buscan integrar más servicios en un contexto más favorable a la industria. “Una mayor claridad por parte de las agencias bancarias y FinCEN ayudará a impulsar los servicios cripto, incluida una liberalización del proceso de concesión de licencias bancarias en general. Estamos viendo una mayor demanda por parte de clientes de activos digitales que buscan opciones de licencias bancarias”, aseguran.

Arnal coincide con esta lectura y considera que, aunque se hayan eliminado las barreras de entrada, la regulación sigue siendo poco clara en EE UU y no hay una armonización de la disciplina entre los supervisores. Además, los riesgos reputacionales siguen siendo elevados para estas entidades, que no ven los criptoactivos como un negocio prioritario y temen que la desregulación merme la estabilidad financiera. Por ello, excluye que esta medida abra las puertas de inmediato a una entrada masiva de los bancos en el sector.



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