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Las comercializadoras eléctricas se someterán a ‘test de estrés’ desde enero

Según una directiva, en menos de seis meses, las 500 suministradoras deberán cubrir el riesgo de precios o someterse a pruebas de resistencia financiera

Carmen Monforte
factura luz
Un usuario examina una factura de la luz.Manuel

La directiva sobre la reforma del mercado eléctrico europeo, que tanto dio que hablar durante los años de la crisis energética, aprobada el pasado 13 de junio, establece por primera vez la obligación de las comercializadoras eléctricas de someterse a pruebas de resistencia o test de estrés, como ocurre con la banca, para poder operar en el mercado, siempre y cuando no suministren con las debidas coberturas de riesgos de precios para proteger a los consumidores.

Para garantizar la solvencia de las comercializadoras, la norma, que se aplicará antes de seis meses, obliga a cubrir estos riesgos para evitar, como ocurrió durante la crisis, la ruptura unilateral de los contratos con los clientes o que, en el caso de cese de actividad, estos pasen a una comercializadora regulada, con el consiguiente recargo para muchos de ellos. En otras palabras, si la suministradora vende la energía a plazo también tiene que comprarla a plazo.

Con la actual normativa, muchas empresas del sector actúan como meros intermediarios financieros ya que pueden ofrecer un precio fijo a sus clientes sin cubrir sus compras de energía en el mercado de futuros, pues la adquieren en el spot. Cuando el precio de este mercado diario cae respecto al contratado, las empresas pueden ganar mucho dinero, pero si, por el contrario, sube, pueden llegar a quebrar.

La nueva regulación exige que las comercializadoras que no cumplan unos requisitos mínimos de coberturas deben someterse periódicamente a pruebas de resistencia financiera. Por tanto, o tienen coberturas (que demuestran que la empresa es solvente y que respetará los contratos firmados con los cliente), o deben superar test de estrés que las complementen o las sustituyan.

La directiva del 13 de junio es en realidad una modificación de la directiva europea de 2019 sobre normas comunes del mercado interior de la electricidad y forma parte de la reforma acordada durante la presidencia de española del Consejo Europeo en 2023. Esta entrará en vigor el 17 de enero de 2025, una vez que el Gobierno apruebe su transposición. Estas garantías de las comercializadoras son una larga reivindicación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), especialmente durante la crisis, entre 2021 y 2023, con precios desorbitados, se produjera el cierre de 80 comercializadoras (por cese o inhabilitación) afectando a multitud clientes.

Tanto en caso de cese de actividad como por la ruptura unilateral de los contratos (las empresas que adquirían la energía en el mercado diario, a raíz de que los precios se dispararan, no podían mantener sus compromisos) los clientes son expulsados a una comercializadora regulada o de referencia (COR). Si se trata de un doméstico, con derecho al PVPC por tener menos de 10 kW de potencia contratada, no hay problemas, pero si es un consumidor sin derecho a esta tarifa regulada por tener una potencia superior a 10 kW, se le aplica por pasar a ella un recargo del 20% en tanto contrata con otra comercializadora del mercado libre. Según datos del organismo supervisor, el coste para este tipo de clientes ha sido de 130 millones de euros en el periodo antes citado.

En España, a diferencia de otros países europeos, no se exige un capital social mínimo a las comercializadoras de luz. Se le aplica únicamente el límite de 3.000 euros que la legislación mercantil impone a una sociedad, cantidad que las comercializadoras de los grandes grupos (Iberdrola, Endesa o Naturgy) consideran insuficiente. Estas deberían, en su opinión, contar con los suficientes recursos propios para operar en un mercado en el que deben suministrar la energía en un plazo comprometido (un año, generalmente) a un precio cerrado, previa compra a plazo de la misma, para hacer frente a la volatilidad de precios. A partir de enero las empresas no podrán modificar las condiciones del contrato antes de su vencimiento.

¿Quién hará las pruebas?

La nueva directiva sobre mejora del mercado eléctrico establece que el regulador independiente de cada país (en el caso de España, la CNMC) se debe asegurar, según el tamaño del suministrador o la estructura del mercado, a través de pruebas de resistencia, que las compañías tengan tengan las coberturas adecuadas a la viabilidad de los contratos, aunque “manteniendo la liquidez y las señales de precios de los mercados a plazo”. En este punto, no faltan críticos que recuerdan que en España los mercados de futuros están muy poco desarrollados.

En estos momentos, y tras la criba que la crisis energética provocó en el mercado, en España hay registradas 500 comercializadoras en el mercado libre, de las cuales, 110 no tienen clientes. Si se imponen los test de estrés a partir de enero, todo apunta a que muchas de estas desaparecerían porque no cumplirán con los nuevos requisitos. En la actual normativa europea, que según fuentes políticas, es más estricta que la de otros muchos países, si transcurre un año operar se les cancela la autorización administrativa. “Sin embargo, no tendrían problemas en superar las pruebas de resistencia porque en realidad no están asumiendo riesgos”, añaden las mismas fuentes.

De la realización de estas pruebas se podría encargar la CNMC (de hecho, la directiva le atribuye la responsabilidad de que las comercializadoras demuestren su solvencia). Sin embargo, como hizo el Banco de España en el caso de las entidades financieras, podría externalizar este servicio mediante un concurso y que podrían realizarse cada dos o tres años.

Según la directiva (artículo 2, apartado 6) “las estrategias de cobertura del suministrador podrán incluir el empleo de contratos de compraventa de energía, según el Reglamento europeo 943, de 2029, u otros instrumentos adecuados, como contratos a plazo”. Y añade que cuando los mercados a plazo estén suficientemente desarrollados, se podrá imponer que una parte de esos contratos sean de energías generadas a partir de fuentes renovables.




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Sobre la firma

Carmen Monforte
Es redactora de Energía de Cinco Días, donde ocupó también los cargos de jefa de Especiales y Empresas. Previamente, trabajó como redactora de temas económicos en la delegación de El Periódico de Cataluña en Madrid, el Grupo Nuevo Lunes y la revista Mercado.
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