Anticorrupción critica que las empresas descarguen la responsabilidad penal en empleados para salvar sus cúpulas
El fiscal jefe Alejandro Luzón advierte de la existencia de esta “tentación” y destaca que el “premio” por denunciar las infracciones es la exoneración
Las investigaciones penales en las que se han visto salpicadas grandes empresas desprenden una estrategia de defensa cada vez más común: tratar de desvincular a la cúpula directiva de los hechos investigados y descargar la responsabilidad en escalones inferiores. Uno de los ejemplos más claros de ello es el caso Villarejo, en el que conocidas compañías del Ibex 35 y sus principales ejecutivos han quedado exonerad...
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Las investigaciones penales en las que se han visto salpicadas grandes empresas desprenden una estrategia de defensa cada vez más común: tratar de desvincular a la cúpula directiva de los hechos investigados y descargar la responsabilidad en escalones inferiores. Uno de los ejemplos más claros de ello es el caso Villarejo, en el que conocidas compañías del Ibex 35 y sus principales ejecutivos han quedado exonerados, poniendo la barrera en directivos con limitadas funciones, en este caso los jefes de los departamentos de seguridad. Con este contexto, el fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón, ha criticado esta “tentación” que existe en las firmas.
“Hay una tentación muy fuerte de las empresas de trasladar la responsabilidad a la persona física, intentando eludir la propia responsabilidad de la persona jurídica, o incluso dentro de esa investigación dirigir esa responsabilidad hacia los órganos inferiores de la empresa, quedando a salvo siempre los órganos directivos (...), los principales responsables de la empresa”, ha manifestado Luzón en el desayuno informativo ‘La batalla por las investigaciones internas’, organizada por Círculo Legal y Winterman.
La responsabilidad penal de las personas jurídicas se introdujo en 2010 en el Código Penal, en el artículo 31 bis, pero fue modificado en 2015 para intensificar las obligaciones a cumplir por parte de las empresas en relación a la identificación y prevención de delitos. De este modo, la ley persigue a las compañías por los delitos que comentan sus representantes legales, personas autorizadas en la toma de decisiones y empleados.
Durante su intervención, el jefe del área especializada de la Fiscalía ha señalado que falta regulación sobre las investigaciones internas que realizan las empresas sobre posibles infracciones, al tiempo que ha destacado que es uno de los “problemas más novedosos” que se plantean en las instrucciones penales, ha informado Europa Press. En los casos en los que se investigan presuntos hechos delictivos vinculados a la actuación de una sociedad, se analiza si ésta ha cumplido con su normativa interna y si sus protocolos de compliance han sido eficaces. Asimismo, se examina si el resultado de las pesquisas internas deben ser aportadas o no al juez instructor o al fiscal que indaga en unos hechos presuntamente delictivos.
Sobre este último, Luzón ha recordado que existe el “derecho a la no autoincriminación”, por lo que las empresas pueden optar o no para colaborar con la Justicia y aportar sus indagaciones. Aun así, ha animado a las compañías a denunciar ante los tribunales las irregularidades detectadas con sus sistemas de investigación. Además, ha apuntado que normalmente, las empresas que denuncian la comisión de un delito en su entorno organizativo recibe como “premio” la exención de responsabilidad, al entenderse que ha funcionado su sistema de compliance.
De hecho, ha señalado que en países como Estados Unidos es habitual que el ministerio público alcance acuerdos de colaboración con las empresas que finalizan con la aplicación de atenuante en la posible responsabilidad penal o la exoneración.
Casos recientes
En los últimos años, la Audiencia Nacional ha sido uno de los órganos jurisdiccionales que ha investigado macrocausas de corrupción en las que reputadas empresas se han visto salpicadas. Así ha ocurrido en los conocidos casos Púnica, Lezo o Gürtel. No obstante, la apertura del caso Villarejo, a finales de 2017, es la que ha puesto en el foco de la justicia a firmas del Ibex 35 como BBVA, Iberdrola, Repsol o CaixaBank por contratar los servicios del comisario jubilado José Manuel Villarejo
De estas cuatro, BBVA es la única empresa que continúa imputada, junto a una decena de altos cargos y exdirectivos. La investigación se encuentra en su recta final, pues está previsto (tras un ultimátum de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional) que concluya el próximo mes de enero. Precisamente, una de las cuestiones que se ha analizado, y ha sido muy cuestionada por las defensas de los acusados y por la propia Fiscalía Anticorrupción, es el forensic que el banco realizó para depurar responsabilidades internas por los encargos y abonos de los servicios de espionaje del comisario.
Sin embargo, en relación a Repsol, CaixaBank e Iberdrola, la Audiencia Nacional acordó el sobreseimiento de las empresas y de sus máximos dirigentes. En el caso de las dos primeras –que fueron investigadas por la misma contratación de Villarejo–, el juez instructor consideró que las compañías habían cumplido sus sistemas de prevención de delito y que sus presidentes no tenían un conocimiento profundo de los encargos al agente encubierto. Con respecto a la eléctrica, el magistrado instructor se vio obligado a archivar el caso con respecto a la cúpula directiva, así como a la filial de energías renovables (la empresa que fue investigada), por la prescripción del delito. En cualquier caso, en estas tres situaciones el juez instructor ha señalado como presuntos responsables de la contratación de Villarejo a los que fueran jefes de seguridad de las compañías, que previsiblemente afrontarán un juicio por estos hechos.
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