_
_
_
_
_

El TJUE no exime al expresidente de Fórum de cumplir la condena impuesta en Portugal por la estafa piramidal

El máximo tribunal europeo afirma que los hechos por los que fue condenado en España y en el país vecino no son idénticos

El expresidente de Fórum Filatélico, Francisco Briones, durante el juicio.
El expresidente de Fórum Filatélico, Francisco Briones, durante el juicio.Efe
Nuria Morcillo

El expresidente de Fórum Filatélico Francisco Briones, condenado en España a casi 12 años de prisión por una de las mayores estafas piramidales, deberá cumplir también la pena a seis años y medio que la justicia portuguesa le impuso por unos hechos similares. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que el que fuera responsable de la sociedad española entre 2001 y mayo de 2006 -cuando fue intervenida- no puede librarse de cumplir la sentencia impuesta en el país vecino, ya que los hechos juzgados no son “idénticos”.

En una sentencia que se ha dado a conocer este jueves, el tribunal con sede en Luxemburgo ha aclarado la duda que tenía la Audiencia Nacional sobre la posibilidad de acumular ambas condenas o no, de acuerdo al principio non bis in idem, es decir, que no se puede condenar dos veces por los mismos hechos.

Las autoridades portuguesas reclamaron en 2021 a Francisco Briones para ejecutar la condena de seis años y medio de prisión que el Tribunal Supremo portugués le impuso por haber estafado 19 millones de euros en 2005 con la venta de sellos a través de Iniciativas de Gestao, filial de Fórum Filatélico.

El Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional analizó la petición de Portugal, pero, en diciembre de ese año, rechazó la orden de detención europea (ODE) porque Briones es un ciudadano de nacionalidad española, uno de los motivos que permite denegar la ejecución de una extradición. No obstante, el juez instructor acordó que la condena del tribunal portugués se cumpliera en España y se acumulara a los 11 años y 10 meses de prisión que cumple en un centro penitenciario por estafa agravada, falsedad contable, insolvencia punible y blanqueo como consecuencia de defraudar 3.700 millones de euros a cerca de 270.000 personas.

Briones no se quedó conforme y recurrió la decisión de dicho juzgado de instrucción ante la Sala de lo Penal, que a la hora de resolver la cuestión le surgieron dudas. Por un lado, la defensa del empresario invocó la excepción de cosa juzgada, al considerar que los sucesos por los que ha sido penado en España y en Portugal son los mismos, así como el principio non bis in idem. Por su parte, el ministerio público pidió que las penas impuestas se acumularan porque, en su opinión, las víctimas son diferentes y se encuentran en países distintos.

Interpretación de los hechos

Con ambas posturas encima de la mesa, la Audiencia Nacional elevó una cuestión prejudicial al TJUE en marzo de 2022, que ahora ha sido resuelta. El máximo tribunal europeo explica que la Decisión marco sobre la orden de detención europea se opone a la entrega de la persona reclamada cuando ésta ha sido juzgada definitivamente en el otro Estado miembro por los mismos hechos y cumpla en él una pena de prisión.

No obstante, el TJUE aclara que el principio non bis in idem “solo se aplica cuando los hechos de que se trate sean idénticos” y no cuando estos estén calificados penalmente en ambos país. Es decir, que debe existir “un conjunto de circunstancias concretas derivadas de acontecimientos que son, en esencia, los mismos, en la medida en que implican al mismo autor y están indisociablemente ligados entre sí en el tiempo y en el espacio”.

Así las cosas, para la corte con sede en Luxemburgo los hechos juzgados en España y en Portugal parece que “no son idénticos”, si bien deja en manos de la Audiencia Nacional la última interpretación. Para ello, el TJUE indica el camino para encontrar las diferencias y afirma que, aunque el modo de operar de Briones era igual en Portugal que en España, pues reprodujo la misma actividad defraudatoria, las actividades se realizaron a través de personas jurídicas distintas. A ello añade que la actividad ilícita continuó en Portugal tras la apertura del procedimiento de investigación y el cese de la actividad en España.

Sigue toda la información de Cinco Días en Facebook, X y Linkedin, o en nuestra newsletter Agenda de Cinco Días

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.

Más información

Archivado En

_
_