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La justicia acepta que los correos entre letrados sean una prueba válida en un juicio

El TSJ de Madrid matiza que es lícito si no vulnera ningún derecho fundamental

GETTY IMAGES

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) admite que los correos privados que se envían entre dos abogados sean una prueba válida en un juicio. Eso sí, siempre que no vulnere ningún derecho fundamental.

La sentencia resuelve un caso (puede leer el texto aquí) en el que una trabajadora fue despedida de la empresa Newman Security SL. Tras recibir la noticia, presentó dos demandas; una por despido y otra para reclamar las horas extras que no le habían pagado. Una cantidad que sobrepasaba los 9.000 euros.

Los letrados de ambas partes iniciaron negociaciones por correo electrónico para llegar a un acuerdo mutuamente beneficioso. Así, las defensas pactaron una indemnización de 13.000 euros por despido improcedente. Y a cambio, la empleada se comprometía a rechazar el pago de las horas pendientes.

Una vez cerrado el acuerdo, la empresa realizó la transferencia a la trabajadora. Sin embargo, esta no envió un documento donde confirmase su renuncia a cobrar las horas extra. Entonces, el abogado de la compañía utilizó el correo electrónico en el que ambas partes firmaron el acuerdo extraprocesal como prueba ante el tribunal, denunciando que la parte contraria no había cumplido lo pactado.

Según el Código Deontológico de la Abogacía Española, los letrados no pueden aportar a los tribunales ni a sus clientes ninguna clase de información que se haya compartido con otro abogado, salvo que cuente con su autorización y la del colegio de abogados.

Sin embargo, el TSJM se apoya en la doctrina del Tribunal Constitucional que aprueba el uso de los documentos cruzados entre abogados cuando está en juego la defensa del cliente a pesar de que, en principio, se trate de conversaciones privadas protegidas por el secreto profesional y el código ético de los letrados.

El tribunal madrileño dictamina a favor de la admisión de los correos electrónicos entre los abogados como prueba para la defensa del caso pero deja abierta la puerta a una posible sanción disciplinaria con la coletilla “sin perjuicio de sus efectos en cuanto a la vulneración de las exigencias ética de la profesión”.

Por ende, considera que los correos electrónicos son una prueba “útil, necesaria y pertinente” y solo prohíbe las pruebas que puedan vulnerar algún derecho fundamental, como el derecho de defensa en el caso de esta sentencia.

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