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Tipos de jornada laboral que puede implantar una empresa

Las empresas pueden implantar jornadas a tiempo completo, parcial, a turnos o nocturnas, entre otros

En España existen distintos tipos de jornada laboral. Las empresas pueden decidir cuál establecer siempre y cuando respeten los periodos de descanso estipulados entre jornadas. Así, según el portal Jubilación y Pensión, las empresas pueden optar por una jornada completa, a tiempo parcial, parcial por horas, continua, partida, laboral a turnos, reducida o nocturna.

Una de las jornadas laborales que se pueden establecer es la Una jornada laboral completa abarca 40 horas semanales, usualmente repartidas en 8 horas diarias, con el límite anual establecido en el contrato. Bajo esta modalidad, el trabajador no debe exceder las 9 horas diarias y disfrutar de un descanso de 15 minutos, considerado como tiempo laboral efectivo. Estos términos pueden modificarse si el convenio así lo especifica.

Si se trata de una jornada laboral a tiempo parcial, se fija un número determinado de horas en el contrato, con un tope máximo de 30 horas semanales. No obstante, la empresa puede solicitar horas complementarias en períodos de alta demanda laboral.

En el caso de la jornada laboral parcial por horas, esta jornada implica un número fijo de horas, que pueden distribuirse en bloques alternos o consecutivos. Así, la jornada laboral varía de un día a otro.

Trabajo a turnos

Por otro lado, las empresas pueden optar por una jornada de trabajo continua, lo que implica un horario continuado diario con un descanso de 15 a 30 minutos. La duración del receso depende del convenio colectivo del sector.

A los trabajadores con jornada completa también se les puede aplicar una jornada de trabajo partica, lo que implica la interrupción de al menos una hora en la jornada diaria.

Asimismo, si se estipula una jornada laboral a turnos, hay que tener en cuenta que esta jornada involucra turnos rotativos: mañana, tarde y noche. No se puede exigir más de dos semanas seguidas de turno nocturno, aunque es posible si es voluntario.

Por su parte, la jornada nocturna se extiende de 10 p.m. a 6 a.m. Tiene beneficios para trabajadores que laboran más de tres horas en este período o superan un tercio de su jornada anual. Se aplican restricciones en cuanto a horas diarias y posibilidad de horas extra.

Por último, existe la posibilidad de implantar una jornada de trabajo reducida, aunque se aplica en casos especiales, como riesgo para la salud. Puede utilizarse en embarazos, cuidado de hijos y lactancia.

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