_
_
_
_
En colaboración conLa Ley
_

El nuevo procedimiento para pymes insolventes encalla con la tecnología

Las críticas de los profesionales se centran en las dificultades de acceso online para cumplimentar los formularios

Getty Images

El procedimiento especial de insolvencia de microempresas, vigente desde el pasado 1 de enero, es una de las grandes novedades de la última reforma concursal. A él deben acudir los empresarios insolventes (personas físicas o jurídicas) con actividad y un volumen de negocio anual inferior a 700.000 euros o un pasivo inferior a 350.000 euros y que, durante el último año, hayan empleado una media de menos de diez trabajadores.

El objetivo del nuevo proceso es reducir, para el tipo de empresas más frecuentes en España (representan un 93,82% del total), los costes y la larga duración que se atribuyen al concurso tradicional. Para ello, el Ministerio de Justicia ha diseñado una tramitación electrónica que consta de dos ejes: unos formularios “normalizados” accesibles en línea y sin coste, pensados para que los juzgados reciban la información en tiempo real, y una plataforma para la venta de bienes, cuando la insolvencia termina en liquidación.

Sin embargo, llegada la fecha de aplicación, los abogados y procuradores, que necesariamente deben representar a las microempresas, se quejan de que los medios electrónicos anunciados no son operativos. Las críticas se centran en “problemas de acceso, cumplimentación de los campos y envío de los formularios normalizados, teniendo en cuenta que sin ellos es imposible incluso iniciar el proceso, al ser preceptivos”, detalla la abogada Itsaso Santos (PKF-Attest).

Ante esta situación, el Ministerio de Justicia afirma que el sistema “irá mejorando de manera colaborativa en fases sucesivas”. El departamento liderado por Pilar Llop está promoviendo, además, “actuaciones de difusión y puesta en común” con los colectivos implicados.

José Vela, letrado de la Administración de Justicia que participó en la redacción de los formularios, comenta que “la preparación jurídica se ha realizado con esfuerzo y antelación por profesionales que, en su mayoría, tenían que seguir atendiendo sus funciones”. Vela describe cómo algunos de los modelos son aparentemente sencillos, mientras que a otros se les ha dotado de inteligencia jurídica, como es el caso del plan de continuación del negocio. El formulario “permite que los acreedores se identifiquen, para que se computen sus votos en función del pasivo, que la herramienta también puede calcular, y genera incluso el certificado para que el deudor sepa si el plan ha sido aceptado”.

Problemas de conexión

Vela es consciente de que, en algunos casos, no está siendo posible usar los formularios, sobre todo porque, indica, “no influye solo la plataforma de microempresas, sino que, además, esta debe conectarse con los aplicativos de presentación de escritos”. Esto es, con las diferentes plataformas de notificaciones judiciales existentes, según la comunidad autónoma. En todo caso, Vela relata que los grupos de trabajo siguen reuniéndose y realizando aportaciones. “Son documentos vivos y se van modificando a medida que se detectan disfunciones, sobre todo de carácter técnico”, agrega. “Estaba previsto que fuera así”, precisa, aunque echa de menos tener accesible un entorno de pruebas en el que validar los cambios antes de ponerlos a disposición del público.

Justicia del dato

El letrado añade que la informatización de este proceso acarreará ventajas en la denominada “justicia orientada al dato”, punto estratégico del ministerio para mejorar la toma de decisiones. En concreto, menciona Vela, “al parametrizarse campos como el número de trabajadores, datos de activos o cuentas corrientes en las que realizar abonos, se obtendrá información de manera más rápida y eficiente”.

La realidad es que las declaraciones de insolvencia en procedimientos de microempresas no acaban de arrancar durante su primer mes de vigencia. El magistrado Alfonso Muñoz Paredes, titular del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo, lo atribuye, “sin duda, a la complejidad técnica, ligada a la nueva normativa”.

En cuanto a la herramienta, Muñoz manifiesta que “los jueces mercantiles no hemos recibido información ni formación sobre su uso hasta casi finalizado el mes de enero”. Por ello, no le sorprende no haber declarado aún ninguna insolvencia de microempresas, pues su juzgado no ha recibido solicitudes.

Salvar los escollos

En papel. Itsaso Santos, administradora concursal en PKF-­Attest, advierte de que uno de los problemas técnicos al rellenar los formularios es la falta de emisión de justificante acreditativo del éxito o error. “Estamos descargando los modelos y presentándolos en papel en los juzgados”, admite. Además, se queja de problemas interpretativos sobre cómo actuar en los concursos sin masa. “No queda claro si el microempresario que carece de activos debe acudir al procedimiento especial o al concurso sin masa, pues hay opiniones en ambos sentidos, en perjuicio de la seguridad jurídica”, señala.

Formación. Alfonso Muñoz Paredes, magistrado, lamenta la falta de previsión y formación, tanto a jueces como a letrados de la Administración de Justicia y resto del personal. “En los juzgados hay funcionarios que ni siquiera saben que existe este procedimiento”, comenta. En todo caso, a su juzgado aún no ha llegado ningún procedimiento de microempresas.

Entidades especializadas. “La buena noticia de las carencias de la plataforma de liquidaciones es que no afecta a los derechos de los ciudadanos”, explica Joaquín Barral, director de Gioconda LA LEY. Y es que, aclara, “la normativa permite, de manera complementaria, acudir a entidades especializadas que ya cubren esa función”.

Archivado En

_
_