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A Fondo
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Estar a la altura de la ‘Ley Rider’

El supuesto incumplimiento de la norma por uno de los operadores genera desigualdad de condiciones para los demás

CINCO DÍAS

Después de un año intenso y retador para el sector del delivery, nos encontramos ante el primer aniversario de la Ley Rider, con un hecho inaudito: el supuesto incumplimiento reiterado de la norma por parte de uno de los operadores de referencia.

Como líderes del sector de reparto de comida a domicilio en España, hemos estado siempre a favor de esta ley, que establece una presunción de relación laboral para los repartidores de plataformas digitales. Es necesario recordar que la Ley Rider nace del consenso social fruto de varios meses de negociaciones entre el Ministerio de Trabajo y los diferentes agentes sociales, donde todos los interesados estuvimos representados tanto desde la parte de las empresas, con CEOE y Cepyme, como por la parte de los repartidores, con los sindicatos UGT y CC OO.

La ley cuenta, además, con el precedente de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, donde quedaba justificado que las dos causas de determinación de relación laboral (dependencia y ajenidad) se daban entre el colectivo de repartidores y una plataforma digital de reparto. La regulación aporta los evidentes beneficios de tener un contrato laboral como, por ejemplo, vacaciones pagadas, permisos de maternidad y posibilidad de bajas por desempleo o accidentes.

Por último, la implementación de esta ley refleja una buena orientación de la política laboral, al manifestar el interés por parte del legislador de adaptar la nueva realidad del contrato social del siglo XXI a un sector tan disruptivo como es el nuestro, aportando seguridad jurídica a las plataformas digitales y protección social a los repartidores, un hito pionero. En su corto articulado, la presunción de laboralidad resulta clara y taxativa, permitiendo igualmente la figura del autónomo siempre y cuando se den las circunstancias. Buen ejemplo de esto último se encuentra en las cooperativas de repartidores que, con total autonomía en su organización del trabajo y disponibilidad de recursos propios, han ido emergiendo en las ciudades en los últimos años.

Sin embargo, a pesar de contar con todas las garantías y contribuir a eliminar la imagen de precariedad atribuida al sector, sorprende ver que esta precariedad no se ha eliminado del todo. El motivo no es otro que el del supuesto incumplimiento continuado de uno de los operadores, que traslada una imagen muy peyorativa de nuestro sector y que se traduce no solo en una indiscutible desigualdad de condiciones, sino también en una grave deslealtad hacia el Estado de derecho que representa España.

Esta actuación ilegal sienta una base nefasta para los nuevos operadores que (animados, entre otras razones, por la protección que aporta la Ley Rider) han entrado en el mercado, ya que ven cómo peligra su estrategia de negocio si las bases legales no se cumplen por parte de los operadores. Pero es evidente que la preocupación no es únicamente para los nuevos operadores. Just Eat lleva en España desde 2010, y nuestro compromiso es cumplir con la ley y las prácticas legales en cada país donde operamos, que varían según el país. Sin embargo, vemos que el cumplimiento de la misma implica unos costes de muchos millones de euros al año que no repercuten de la misma forma si incumples la ley. Este ahorro significativo de costes hace posible invertir en campañas de marketing y promociones que suponen una enorme presión financiera para los operadores que sí cumplimos con la ley, puesto que tenemos que responder con nuestros propios fondos a los ataques de la competencia.

En el entorno de enfriamiento macroeconómico que está viviendo nuestro sector, con una clara petición de los inversores en pos de la rentabilidad, la desigualdad de condiciones que estamos viviendo es mayúscula y, sin duda, muy preocupante. Los mecanismos de cumplimiento de la ley deberían ser implementados pronto, porque el sector peligra.

Como creadores de empleo y riqueza en el país, es necesario que los operadores adquiramos un sentido de compromiso y responsabilidad, respetando y apoyando toda la legislación del sector. Un sector que va más rápido que la legislación y que necesita de la seguridad jurídica para poder operar de forma honesta y transparente.

La Ley Rider es, además, una ley pionera en uno de los sectores más dinámicos de los últimos años, y que ha transformado el paisaje urbano de las ciudades. Creemos necesario que las empresas demos un buen ejemplo frente al resto de la comunidad internacional, que mira con lupa cómo se está implementando. En Europa, actualmente se debate la Directiva relativa a la mejora de las condiciones laborales en plataformas digitales, una tramitación que está abriendo espacios de análisis. Entre ellos, unas jornadas en el Parlamento Europeo a las que tuve la ocasión de asistir para comentar la experiencia española, y en las que aproveché para recalcar la importancia que aporta la seguridad jurídica tanto para repartidores, como para empresarios.

En definitiva, urge que el conjunto de operadores del sector, sin excepción, den buen ejemplo de defensa de la ley y contribución al Estado de bienestar. Solo así estaremos a la altura de la condición de sector esencial que recibimos durante la pandemia. Es nuestro deber y obligación.

Patrik Bergareche Sainz de los Terreros es director general de Just Eat en España

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