Factura recapitulativa: qué es y qué contiene
Es un documento que agrupa diferentes operaciones de compra y venta de un mismo cliente.
Una factura recapitulativa es un documento que reúne diferentes operaciones de compra y venta de un mismo cliente. Este tipo de facturas solo tiene el requisito de que todas las operaciones que se agrupen en ellas deben haberse producido en el mismo mes natural.
Las facturas recapitulativas deben expedirse como muy tarde el último día del mes natural en el que se han producido las operaciones.
Se trata de una factura normal cuyo contenido debe incluir el número y la serie de la factura y la especificación de si este documento sustituye a otras facturas individuales que se hayan emitido anteriormente por los mismos conceptos.
La factura recapitulativa incluirá también, según detallan desde Software DelSol, la fecha de la factura, que tendrá que ser la última fecha de la entrega de los bienes o servicios. En el caso de que el destinatario de la misma sea una empresa o un profesional, la factura podría emitirse o bien a final del mes natural o en la primera quincena del mes siguiente.
Deberán incluirse los datos de las personas que intervengan en la factura, esto es, la información del emisor y del destinatario.
Tiques y facturas ordinarias
También tendrá que aparecer el concepto por el que se factura con una detallada descripción de los bienes o servicios por los que se está cobrando, así como el IVA a aplicar y la retención de IRPF, en caso de que también deba aplicarse.
En el caso de que hubiera pagos por anticipado que no coincidan con la fecha de emisión de la factura, también tendrían que expresare por separado en la factura recapitulativa.
Las facturas recapitulativas sustituyen a las facturas en el caso de que a lo largo del mes natural se hayan emitido varias facturas ordinarias y al final del periodo se deba emitir una factura recapitulativa. También sustituyen a los tiques de caja, en este caso, es importante que el importe no supere los 3.000 euros. En esta circunstancia, la factura solo se puede emitir cuando se trate de ventas al por menor, ambulancias, ventas a domicilio, transporte de viajeros, hostelería, discotecas, tarjetas telefónicas, salones de belleza, instalaciones deportivas, estudios de fotografía, parkings, videoclubs, lavandería y tintorería y autopistas de peaje.