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Requisitos y pasos para aplazar el pago de impuestos si eres autónomo

Hacienda permite aplazar el pago del IVA, el IRPF y también se permite aplazar la cuota de la Seguridad Social

Hay muchos autónomos que no lo saben, pero hay impuestos cuyo pago se puede aplazar. Es el caso del IVA, el pago de la cuota de la Seguridad Social y hasta el IRPF. Solicitar el aplazamiento del pago de estos impuestos es una alternativa interesante para aquellas ocasiones en las que se debe hacer frente a problemas de liquidez.

Hasta la fecha, Hacienda solo permite aplazar impuestos como el IVA, modelo 303, y los impuestos especiales; permite los pagos fraccionados a cuenta de los modelos 130 y 131, así como la liquidación anual del IRPF, que es el modelo 100 y permite aplazar la liquidación anual del impuesto de sociedades, el modelo 200.

El profesional solo puede solicitar el aplazamiento del pago del impuesto dentro del plazo de pago correspondiente del tributo, esto es, justo cuando se realiza la autoliquidación. Desde el blog de empresas de Yoigo recuerdan que para que se pueda pedir el aplazamiento se debe tener toda la documentación al día y si falta algún documento, el profesional dispondrá de un plazo de 10 días para presentarlo.

Plazos de aplazamiento

El plazo para aplazar los pagos que se ofrece es de seis meses desde la solicitud del mismo a un 0% de interés durante los cuatro primeros meses. Eso sí, la legislación establece que no podrán aplazarse pagos de impuestos cuyo importe supere los 30.000 euros.

Para solicitar el aplazamiento, el profesional deberá preparar primero la autoliquidación del impuesto que quiere aplazar. A la hora de rellenar la presentación telemática, en el apartado de ‘tipo de declaración’, el autónomo tendrá que seleccionar como forma de pago donde se indica ‘reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento’. Una vez se completen todos los datos deberá hacerse clic en ‘firmar y enviar’.

Una vez se haya firmado y enviado la autoliquidación, se podrá proceder a tramitar la deuda. A continuación lo que se debe hacer es rellenar la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de la deuda. Si se trata de deudas menores a los 30.000 euros, el plazo de fraccionamiento será de hasta 12 meses para los autónomos y de hasta 5 meses para las sociedades. Por contra, para deudas superiores el plazo será de 12 a 36 meses para ambos casos.

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