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BBVA tendrá que eliminar la autorización del jefe para que las horas extra sean de trabajo

La Audiencia Nacional obliga al banco a modificar la aplicación para el registro horario porque no puede reservarse la facultad de autorizar a posteriori dicho apunte

GETTY IMAGES

BBVA tendrá que modificar su sistema de registro de jornada y eliminar de la herramienta informática el requisito de la autorización posterior del responsable superior para que la hora autodeclarada por el trabajador conste como trabajo efectivo. Así lo ha establecido en una reciente sentencia la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en la que dan la razón parcialmente al sindicato CGT que denunció la invalidez del sistema. Asimismo, el tribunal ordena al banco a incluir en los informes mensuales que envía a los representantes legales de los trabajadores los datos identificativos necesarios para poder controlar el cumplimiento de la normativa laboral.

El fallo (cuyo texto puede consultar aquí) rechaza, en cambio, las demás peticiones del sindicato: tener información de cada una de las modificaciones de los apuntes en el sistema y que se puedan registrar manualmente las pausas del trabajador y su duración.

Según relata la sentencia, BBVA ha implementado un sistema de registro de jornada en el que el empleado anota la hora de inicio y finalización. La aplicación hace una asignación automática y, cuando arroja un exceso de horas, el trabajador puede poner “motivos personales” o “motivos laborales” y justificar, en su caso, la prolongación.

En el conflicto colectivo, al que se adhirieron el resto de organizaciones sindicales, CGT denuncia un posible infra registro de las horas extras de los empleados. Según señaló en su escrito, en el mes de noviembre de 2021, los trabajadores del BBVA permanecieron en el puesto de trabajo en exceso de su horario un total de 263.875 horas, de las cuales se habían solicitado como horas extraordinarias 4.362, es decir, solo el 1,65%. Según el sindicato, el sistema, denunciado ante la Inspección de Trabajo, no es “objetivo ni fiable pues no permite anotar las pausas que se producen en la jornada, tan solo el inicio y la finalización y por defecto las horas que sobrepasen la jornada diaria se imputan a horas personales del trabajador”.

Por su parte, el letrado de BBVA señaló que el modelo implementado en el banco fue fruto de un acuerdo colectivo ad hoc validado por la mayoría de la representación sindical. En concreto, defendió que las horas extra se debieran autorizar a posteriori y añadió que solo se habían denegado un 3 % de las prolongaciones de jornada.

El tribunal recuerda que en 2019 ya avaló que para prolongar la jornada más allá de lo pactado con los trabajadores estos necesitan autorización de la empresa. Sin embargo, argumenta, una cosa es que las horas extraordinarias deban ser siempre pactadas, y otra que un modelo como el que se ha instaurado en el sector de la banca, que se funda en la confianza mutua, “sea la empresa la que se reserve la facultad de autorizar un tipo de registro u otro”. Ello sin perjuicio de la responsabilidad del empleado por falsear los registros. Dicha autorización, señala, no tiene cobertura ni en el convenio, ni en el acuerdo de empresa. “El supeditar en un modelo como el presente que un determinado registro deba ser autorizado por la empresa priva al mismo de la necesaria credibilidad”, subraya. Por lo tanto, falla, la empresa debe eliminar dicho requisito “para que la hora autodeclarada sea la que realmente conste en el registro como trabajo efectivo”.

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