Las empresas ya tienen acceso a la herramienta que identifica diferencias salariales entre hombres y mujeres
Eliminará la discriminación retributiva existente por razón de sexo, al tiempo que se registrará la media y la mediana de las percepciones de cada puesto de trabajo
El Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Instituto de las Mujeres dieron a conocer ayer la herramienta para la valoración de puestos de trabajo y su guía de uso para dar cumplimiento a la ley de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. El objetivo de esta herramienta es facilitar un modelo voluntario del procedimiento para realizar esta valoración.
En la norma se señala “la obligación que tienen los poderes públicos de garantizar la efectividad del principio de igual retribución por trabajos, no solo iguales, sino de igual valor” y es precisamente en este último aspecto donde incide el instrumento presentado ayer.
La valoración que se realice utilizando dicha herramienta respeta los requisitos formales del procedimiento y ha sido desarrollada y acordada en el seno de una mesa de diálogo social, en la que han participado la dirección general de trabajo, el Instituto de las Mujeres, las organizaciones sindicales CC OO y UGT, y las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME.
El procedimiento de valoración de puestos de trabajo permite realizar una estimación objetiva de los requerimientos necesarios para llevar a cabo cada uno de los puestos de trabajo de la empresa atendiendo al contenido de la prestación laboral que desarrollan. Como resultado, se les asigna una puntuación numérica que permite comparar el valor de los distintos puestos de trabajo que permite clasificarlos en agrupaciones de puestos de trabajo de igual valor.
La valoración de puestos de trabajo es necesaria para dar cumplimiento a las obligaciones de las empresas que elaboren planes de igualdad de realizar una auditoría retributiva como parte del diagnóstico del mismo y de recoger en su registro retributivo adicionalmente la media aritmética y la mediana de las percepciones salariales de los puestos de trabajo de igual valor.
El contraste de la valoración de puestos de trabajo con la política retributiva de la empresa ha de servir para identificar las diferencias en las retribuciones de los distintos puestos de trabajo que puedan resultar discriminatorias, cuando esas retribuciones no se correspondan con el valor de los puestos.
Se convierte así en una herramienta clave para combatir la discriminación directa e indirecta que sufren muchas mujeres y para avanzar hacia la correcta aplicación del principio de igualdad de retribución por trabajos de igual valor.
También puede servir de base a las comisiones negociadoras de los convenios colectivos en la configuración de las tablas salariales. El artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores señala que un trabajo tiene igual valor que otro cuando sean equivalentes la naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, las condiciones profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, o los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo.
Así se valoran los trabajos
El procedimiento de valoración de los puestos de trabajo propuestos y la herramienta destinada para su análisis se han elaborado desde una perspectiva de género. El procedimiento, según Trabajo es sencillo, didáctico, transparente y normalizado, de manera que puede ser empleado por la generalidad de las empresas facilitando el cumplimiento de sus obligaciones legales. El procedimiento requiere determinar todos los puestos de trabajo presentes en la plantilla de la empresa y evaluar para cada uno de ellos la totalidad la totalidad de los factores que se han incluido en la herramienta conforme a una escala. En el siguiente enlace https://bit.ly/3jyPSxA puede verse la herramienta y su contenido.