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Incapacidad parcial, total y absoluta en autónomos: ¿Cómo funcionan?

Desde 2019 los autónomos deben cotizar por incapacidad permanente

Cuando un trabajador autónomo sufre un accidente o una enfermedad que le inhabilita para realizar su trabajo se habla de una incapacidad. Existen distintos tipos de incapacidad para estos profesionales: la incapacidad parcial, la total y la absoluta. Cada una de ellas tiene sus peculiaridades.

El portal Campmanyabogados explica que fue en 2019 cuando los autónomos empezaron a cotizar por una incapacidad permanente en grado parcial por enfermedad común. Actualmente, las contingencias profesionales sí que están contempladas en la cuota. De hecho, desde el año 2019 su abono es obligatorio para los autónomos. Esto significa que la incapacidad permanente para los autónomos es similar a la de los trabajadores del Régimen General.

En el caso de la incapacidad permanente parcial hay que tener en cuenta si esta se ha producido por una enfermedad común o por un accidente no laboral. En este último caso, el autónomo no tendrá derecho a la indemnización por invalidez parcial si ha sufrido un accidente que no se haya producido en el trabajo. Esto difiere en el caso de que se haya tenido un accidente laboral o se haya padecido una enfermedad.

Tipos de contingencias

Por otro lado, en el caso de incapacidad permanente total, cabe recordar que las contingencias asociadas a este tipo de incapacidad también están incluidas en la cuota de autónomos. O obstante, para obtener la pensión por incapacidad permanente total los autónomos deben reunir una serie de requisitos generales y médicos.

En este último caso, los autónomos pueden optar por cobrar la prestación por incapacidad mensualmente o por hacerlo todo de una vez. Sin embargo, para que la Seguridad Social lo pague todo de una vez debe solicitarse el ingreso a tanto alzado dentro de los 30 días siguientes a la declaración de invalidez y solo se puede hacer en el caso de que el autónomo aún no haya cumplido los 60 años. En caso de que la contingencia sea profesional, el importe de las 40 mensualidades a abonar se calculará en base a la cotización del trabajador.

Por otro lado, cuando el autónomo supera los 55 años y tiene una incapacidad permanente, podrá recibir un 20% de aumento de la base reguladora en su pensión de incapacidad.

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