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En colaboración conLa Ley

Los administradores concursales piden limitar el acceso al procedimiento especial para microempresas insolventes

La Asociación Profesional de Administradores Concursales asegura que la reforma saturará los juzgados

Diego Comendador, presidente de ASPAC
Diego Comendador, presidente de ASPAC

La Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC) ha trasladado a los distintos grupos parlamentarios sus quejas sobre el proyecto de Ley Concursal, una norma que tachan de "insuficiente" y que "no cumple con su misión de trasponer la Directiva 1023/2019". "Necesitamos que nos escuchen y nos den las herramientas para contribuir a la recuperación económica", alertan.

Los administradores concursales han presentado quejas sobre varios puntos de la reforma. Uno de ellos toca lo referente a la exoneración del crédito público. Según prevé la normativa europea, la exoneración de deudas se convierte en una herramienta fundamental para la viabilidad de empresas con situaciones económicas delicadas.

Sin embargo, para ASPAC la norma española hace un planteamiento diferente, excluyendo la exoneración del crédito público. El texto abre la posibilidad de que existan diferencias en la aplicación en los distintos Estados miembros, denuncian, pero "estas diferencias responderían a duración o condiciones, no al objeto de exoneración". Aseguran que “excluir de la suspensión todos los créditos públicos puede comprometer en muchos casos la reestructuración y puede condenar a los deudores a la liquidación aun resultando viables minorando de forma importante la eficiencia del proceso”.

Juzgados saturados

Por otra parte, los administradores critican la creación de la figura del experto en reestructuraciones. "Se expone en la reforma de manera indeterminada", advierten, generando confusión sobre los expertos que pueden desempeñar esta función. "La Directiva sí indica claramente que esta es una tarea de la Administración Concursal”.

Denuncian también la gran carga de trabajo a la que se verían expuestos los letrados de la Administración de Justicia, a los que se asignan responsabilidades que podría asumir la Administración Concursal, evitando una saturación que prolongaría los procesos de forma innecesaria. Si bien uno de los propósitos que trataba de alcanzar el Proyecto de Ley es la reducción de los tiempos, ASPAC demanda que los administradores concursales "no pueden ser culpabilizados de los mismos cuando además se está fomentando que dicha duración se extienda sobrecargando a los juzgados".

Respecto a esta responsabilización, que penalizaría la retribución de los administradores, ASPAC también ha compartido su inquietud con los grupos parlamentarios, con el objetivo de que se establezcan unas condiciones justas en los honorarios de los profesionales. Las medidas propuestas en el Proyecto limitarían la retribución de los administradores, según indican, “sin tener en cuenta las características concretas de cada caso y las tareas desarrolladas que, en muchas ocasiones, superan a las previamente establecidas”.

Microempresas

Otro de los puntos más polémicos es el denominado como “procedimiento especial para microempresas” que, por la delimitación que establece, sería aplicable al 90 % de las empresas que se declaran en concurso de acreedores.

ASPAC cree que por este cauce sólo deberían optar aquellas mercantiles con un volumen de negocio anual inferior a 700.000 euros (no dos millones, como dice el proyecto ahora) y de un pasivo inferior a 350.000 euros. Así se garantiza que el procedimiento especial se aplique "a verdaderas microempresas", subrayan.

Los administradores concursales también han manifestado la necesidad de suprimir la disposición por la que se crearía una plataforma pública de liquidación de bienes, pues, en su opinión, se estaría incidiendo en la libre competencia y perjudicando a las entidades especializadas. Además, la Asociación advierte del riesgo de la autoliquidación. Algo que podría llevar, advierten, a situaciones de fraude procesal.

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