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En colaboración conLa Ley

La justicia da la razón a una madre separada que pidió pasar tiempo libre con su hijo

La Audiencia de Madrid rectifica un acuerdo según el cual era el padre quien se quedaba con el niño todos los fines de semana y puentes

Getty Images

Uno de los conflictos más habituales en un divorcio o separación es el del reparto de tiempo con los hijos comunes. Una decisión que afecta a la relación de estos con sus padres. Para proteger el bienestar de los niños, los jueces pueden rectificar los acuerdos a los que lleguen los progenitores. Esto es lo que ha sucedido en un caso sentenciado por la Audiencia Provincial (AP) de Madrid en el que el tribunal estima el recurso de una madre que veía contraproducente e injusto que su hijo pasase todos los fines de semana con el padre.

El fallo (cuyo texto puede consultar aquí) estima que no es positivo para el menor que no disponga de ningún tiempo de ocio junto a su madre, y tampoco que el padre no participe de la actividad habitual del niño ni conozca a sus profesores.

La pareja de hecho había firmado un convenio, con la ayuda del servicio de mediación del colegio de abogados, al que ambos se ajustaron durante algunos meses. La mujer, que se quejó de que no estuvo asesorada, solicitó medidas judiciales al entender que este no era equitativo ni beneficioso para el menor. El juzgado avaló el pacto y decidió que el niño pasase todos los fines de semana y puentes con el padre mientras que la madre se quedaba con él entre semana.

La AP considera necesaria una revisión del acuerdo a la vista de que no se estaba “amparando suficientemente el interés del niño”. Por un lado, porque el menor no puede disfrutar nunca de sus ratos libres con su madre, quien, además, “siempre tiene que repartir su tiempo entre sus obligaciones laborales y el cuidado de su hijo”. Por otro, tampoco es bueno, señalan los magistrados, que el padre no esté integrado “ni mínimamente en la vida cotidiana del menor”, ni participe en su “seguimiento médico, o escolar, ni de su realidad social”. No puede estimarse positivo, ejemplifican, que no conozca a sus profesores ni le haya acompañado nunca al pediatra.

En consecuencia, el tribunal madrileño revoca en este punto la sentencia del juzgado y fija que la progenitora pasará al menos un fin de semana al mes con el menor. A falta de otro acuerdo entre las partes, se establece que el menor se quedará con su madre el primer fin de semana de cada mes y con su padre los restantes.

Asimismo, se repartirán los puentes, y el padre irá a recoger a su hijo a la salida del colegio, “lo que le permitirá participar mínimamente de su entorno escolar y social”.

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