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Gastos que tiene una pyme al contratar empleados

Las empresas deberán abonar las cotizaciones por contingencias comunes y por formación profesional, entre otras

La contratación de trabajadores supone una serie de gastos para las empresas. Las compañías no solo deben abonar el sueldo del empleado, sino que también tienen que hacer frente a otros gastos, como son las cotizaciones sociales o los planes de prevención de riesgos.

Los expertos de la empresa de software de gestión administrativa Quipu recuerdan que a la hora de hacer una contratación, la empresa debe abonar distintas cotizaciones a la Seguridad Social. Entre ellas figuran la de contingencias comunes, la de formación, la de desempleo, la de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y FOGASA.

Desde la compañía explican que la cotización por contingencias comunes comprende bajas como la maternidad y paternidad, la jubilación y la de accidente no laboral. En concreto, el pago de esa cotización supone un 23,60% del salario bruto que cobre el trabajador.

Además de eso, las empresas suelen abonar la cotización por formación profesional, que representan un 0,60% del salario del empleado.

Cotización por accidentes

Los expertos también inciden en que el porcentaje correspondiente a la cobertura por desempleo depende del tipo de contrato que se tenga. Por ejemplo, en los contratos temporales la cobertura llega al 6,70%, mientras que si el contrato es indefinido, la cobertura sube al 5,50%.

Por el contrario, el porcentaje más bajo de cotización es el destinado a FOGASA, un organismo que depende del Ministerio de Trabajo de España y que se ocupa de garantizar el cobro de los salarios e indemnizaciones, entre otros. A ese órgano se suele destinar un 0,20%.

Aparte, el porcentaje de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales varía en función de las tablas de cotización por actividad.

No obstante, esos no serán los únicos gastos que deberá afrontar el empresario. Éste también deberá hacer frente a otros como a un plan de prevención de riesgos laborales. Dicho plan debe estar bien detallado y conllevará, asimismo, una serie de gastos adicionales.

Independientemente de eso, la empresa puede verse obligada a contratar seguros de vida o de accidentes. Esta medida puede haberla adoptado de manera libre la empresa o puede estar exigida dentro del convenio colectivo.

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