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Infraestructuras

Aena ve a salvo su modelo de alquileres y no retocará la rebaja para compensar la crisis

Asegura que una sentencia del Supremo, del 8 de marzo, no afecta al actual litigio con los comerciantes por el impacto de la pandemia

 Un pasajero camina por el aeropuerto de Barajas entre tiendas y bares cerrados.
Un pasajero camina por el aeropuerto de Barajas entre tiendas y bares cerrados. Efe
Javier Fernández Magariño

Aena trata de tranquilizar al mercado asegurando que una reciente sentencia del Tribunal Supremo, del 8 de marzo por un antiguo conflicto en el aeropuerto de Barcelona-El Prat, poco o en nada va a cambiar el escenario de la batalla por los alquileres en sus terminales, motivada por el impacto de la pandemia. Y tampoco variará significativamente su modelo comercial.

“El equipo gestor de la Sociedad, de acuerdo con el asesoramiento legal recibido, considera que la sentencia del Tribunal Supremo de 8 de marzo de 2021 no modifica el modelo comercial de Aena, que seguirá basándose en el régimen de arrendamientos comerciales”, ha afirmado Aena a través de una nota remitida a la CNMV.

La compañía pública pretende mantener la figura del arrendamiento de espacios, y no la concesión, al tiempo que no va a modificar su oferta de rebaja en las rentas mínimas garantizadas de los alquileres en vigor. En su versión expuesta al mercado, Aena considera que “esta resolución judicial no tiene tampoco ningún efecto respecto de los litigios que algunos de los operadores comerciales han iniciado en relación con los efectos de la pandemia del Covid-19 en sus contratos de arrendamientos con Aena”.

Hasta un 60% de recorte en las rentas

Aena ofreció a sus inquilinos una millonaria rebaja en los alquileres por la menor afluencia de clientes a los aeropuertos: una quita del 100% para los meses del primer estado de alarma (del 15 de marzo al 20 de junio de 2020) en la renta mínima garantizada que recibe Aena, y del 50% en los meses siguientes. A las que noaceptaron se les cursó el recibo por la renta mínima garantizada en su totalidad.

La sentencia se refiere a la demanda del comité de empresa de Pansfood contra el pliego de cinco locales de restauración licitado por el gestor aeroportuario hace cuatro años. Y deja sentado que ese tipo de contrato debe ser tratado como una concesión y no como un arrendamiento. Con el fallo ya en los medios, la cotización de Aena se ha resentido esta mañana hasta caer un 3%. El mercado veía riesgo en que esta interpretación sirva para el resto de negocios implantados en los aeropuertos.

Pero la primera interpretación que hace Aena de la sentencia es que nada tiene que ver con el litigio que mantiene con sus mayores inquilinos, Dufry y Áreas, entre otros, por el cobro de las citadas rentas mínimas garantizadas. La compañía no cree afectado el negocio de las duty free, retail y espacios para publicidad.

“Dicha sentencia, de confirmarse su contenido en una segunda resolución por el Tribunal Supremo, lo que haría que tuviera el valor de jurisprudencia, únicamente obligará a una modificación técnica de los pliegos del sector de restauración y rent a car, avanzando en la desregularización de algunos aspectos de las relaciones de Aena con los operadores comerciales”, asevera el gestor aeroportuario.

Oferta de compensación por la crisis

Aena ofreció un descuento sobre el cobro mínimo estipulado por contrato que alcanza el 60% de media entre marzo de 2020 y septiembre de este año. La empresa fue más allá de lo que marca el Real Decreto Ley 35/2020 de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio. Pero sus mayores inquilinos tomaron el camino de la justicia tras ver frustrada su petición de una rebaja pareja a la propia caída del tráfico, que solo en 2020 superó el 70%. El asunto se dirime en la Audiencia Nacional.

De momento, la justicia ha dictado cautelares por las que Aena no puede ejecutar avales ante el impago de los alquileres. El gestor aeroportuario sigue defendiendo como justa y generosa su propuesta.

Al hilo de la sentencia de los restaurantes de El Prat, Aena podría revisar los pliegos de los contratos que afectan a restauración y rent a car. Pero ya advierte que, incluso en esos casos, sigue manteniendo la figura del alquiler una vez conocida la sentencia: “Los últimos procedimientos de contratación de arrendamientos comerciales iniciados por Aena en materia de rent a car han sido de nuevo calificados como arrendamientos, tras incluirse las consecuencias derivadas de la citada sentencia”, explica ante el regulador bursátil.

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Sobre la firma

Javier Fernández Magariño
Es redactor de infraestructuras, construcción y transportes en Cinco Días, donde escribe desde junio de 2000. Ha pasado por las secciones de Especiales, Cinco Sentidos, 5D y Compañías siguiendo la información de diversos sectores empresariales. Antes fue locutor de informativos en la Cadena Cope, además de colaborar en distintos medios de Madrid.

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