Datos sobre cuotas que el autónomo ha de tener en cuenta para una mejor jubilación
Recientes análisis recomiendan aumentar la cuota, al menos, a partir de los 42 años.
La pensión de un trabajador autónomo se encuentra por debajo de la de un trabajador por cuenta ajena. Algo que no ha cambiado, a pesar de que se hayan incrementado las bases de cotización de los autónomos, apuntan desde Jubilación y Pensión, en un reciente análisis al respecto publicado en este portal.
Actualmente, la base mínima de cotización de los trabajadores autónomos es de 944,40 euros, mientras que la máxima, en el caso de los mayores de 47 años se limita a 2.023,50 euros.
Al finalizar su vida laboral, el autónomo percibe una pensión que se calcula en función de la base reguladora y la tasa de reposición. Para conocer la base reguladora lo que se hace es que se calcula la media de las bases de cotización del trabajador en un periodo de tiempo. Así, la tasa de reposición depende de la edad de jubilación y de los años que se haya cotizado.
Incrementar la base de cotización
Actualmente, detallan desde el portal Jubilación y Pensión, la base reguladora se obtiene al dividir entre 308 las bases de cotización de los últimos 22 años trabajados. No obstante, el incremento de meses para calcular la base reguladora seguirá en aumento hasta el año 2022, por lo que habría que dividir entre 350 los últimos 25 años cotizados.
Para que un trabajador autónomo pueda acceder a la jubilación a los 67 años, debería plantearse ampliar su base de cotización cuando cumpla los 47 años, la edad mínima establecida para optar por estas bases.
No obstante, se suele aconsejar realizar dicho incremento de las bases a partir de los 42 años. A partir de esa edad, el autónomo debería incrementar sus cuotas hasta 500 o 600 euros y debería haber cotizado de manera ininterrumpida desde los 30 años.
En el caso de que no se cumplan dichas condiciones, el autónomo tendría que contratar algún producto de ahorro para poder complementar la pensión tras la jubilación.