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Tribuna
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Más transparencia para las plataformas digitales de intermediación y motores de búsqueda (B2B2C)

Desde esta semana deben informar de cualquier trato diferenciado que den o puedan dar

Desde el día 12 de Julio, los servicios de intermediación en línea (plataformas digitales) y motores de búsqueda, deben de cumplir con un entorno más equitativo y transparente para todos los operadores profesionales.

Como ya llevamos viendo tiempo, el ámbito digital ha ido ganando progresivamente enteros frente al físico y con ese cambio de paradigma, ciertos servicios de intermediación y motores de búsqueda se han constituido en verdaderas autopistas por las que es necesario transitar en Internet para llegar a los consumidores finales. Es inconcebible, hoy en día, que una empresa pretenda ofrecer sus servicios online sin pasar por marketplaces (Amazon Marketplace, eBay, etc.), tiendas de aplicaciones (Google Play, Apple App Store, Microsoft Store, etc.), redes sociales que paquetizan servicios para empresas (Facebook, Instagram) o herramientas de comparación de precios (SkyScanner, etc.). O que, sencillamente, puedan existir, si no aparecen en motores de búsqueda generalistas que permiten hacer búsquedas de todos los sitios web como Google Search o Bing.

Por ese motivo, dado el gran poder que atesoran estas compañías que actúan como "llave" o "candado" de las empresas que ofrecen bienes o servicios a los consumidores a través de sitios web, el día 12 de julio ha entrado en vigor un Reglamento (el Reglamento (UE) 2019/1150 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019) que obligará a plataformas y motores de búsqueda a garantizar unas reglas de juego equitativas y transparentes que permitan una competencia efectiva y un acceso igualitario a todos sus usuarios profesionales.

¿Qué quiere decir esto? Pues, entre otras cosas que, los servicios de intermediación en línea deben redactar las condiciones generales del servicio de manera sencilla y comprensible, dar determinados preavisos a sus usuarios profesionales, ser transparentes respecto de las razones en las que basan las decisiones de suspender, terminar o restringir las cuentas de los usuarios profesionales y justificar sus decisiones ante tales usuarios. También, el nuevo reglamento establece mecanismos para impugnar tales decisiones. Es muy importante asimismo la obligación de informar sobre los parámetros principales que rigen la clasificación que hacen de los bienes y servicios en sus respectivas plataformas y los motivos por lo que determinados parámetros cuentan con una importancia relativa superior a la de otros. También hay que informar sobre si la remuneración directa o indirecta al proveedor influye en la clasificación y si existe trato diferenciado a los bienes o servicios que ofrezcan ellos mismos en relación con los de otros usuarios profesionales. Por poner un ejemplo: un fabricante de pilas que venda a través de una plataforma online debe de poder saber los criterios que llevan a su producto a aparecer antes o después en el ranking de la plataforma, comparativamente con los productos que puedan ser de competidores y/o de marca propia de la plataforma.

Lo mismo aplica a motores de búsqueda como Google. Desde el día 12 deben informar de cualquier trato diferenciado que den o puedan dar, por un lado, en relación con los bienes o servicios que ellos mismos ofrecen a los consumidores a través de los motores de búsqueda y, por otro, en relación con otros usuarios de sitios web corporativos.

Los datos, el oro líquido de la revolución digital que estamos viviendo, también entran en liza. Los proveedores de servicios de intermediación en línea deben incorporar en sus condiciones generales una descripción sobre el acceso técnico y contractual, o la falta de este, que vayan a tener los usuarios profesionales a los datos (personales o de otro tipo) que proporcionen, tanto los usuarios profesionales como los consumidores, para utilizar los servicios de intermediación; o aquellos que se generen a través de la prestación de tales servicios.

En definitiva, hay un nuevo reglamento que ha entrado esta semana en vigor y que es una nueva pieza que se da Europa para poner orden en la revolución digital que estamos viviendo y, en este caso, para poner coto al aumento de la dependencia de los usuarios profesionales respecto de las entidades que actúan como autopistas de la red. Una pieza más en para un mundo que ya está aquí y al que Europa quiere tomar la medida justa para permitir que todos nos beneficiemos de él de forma transparente y equitativa.

Alexander Benalal es socio de Bird & Bird y codirector del equipo de Derecho Comercial, Disputas y Tech & Comms.

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