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Sanidad

El Gobierno prohíbe usar el coche o transporte público para ir a hacer deporte

Pide a los Ayuntamientos que repartan el espacio público entre peatones y ciclistas

Imagen de archivo de un corredor en un parque.
Imagen de archivo de un corredor en un parque.EUROPA PRESS

El Gobierno ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado las normas para suavizar el confinamiento durante la llamada Fase 0 de la desescalada, tal y como anunció ayer por la tarde el ministro de Sanidad, Salvador Illa. Además de concretar las franjas horarias anunciadas ayer, el Ejecutivo ha establecido algunas limitaciones adicionales para la práctica deportiva.

Así, durante esta fase no se podrán usar medios de transporte, tanto coche particular como transportes públicos, para hacer deporte. "No se podrá hacer uso de vehículo motorizado o del transporte público para desplazarse a vías o espacios de uso público con el fin de practicar la actividad física prevista en esta orden".

Sanidad también fija los ámbitos en los que podrá realizar la práctica deportiva. "Se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre que se respeten los límites establecidos. No estará permitido el acceso a instalaciones deportivas cerradas". Tal y como adelantó ayer el ministro, se exigirá una distancia de separación de al menos dos metros, se evitarán zonas concurridas y se evitará, en la medida de lo posible, la realización de pardas innecesarias.

Reparto del espacio

Además, el Gobierno pide que las entidades locales se ocupen de dividir las calles para facilitar estas prácticas. "Para posibilitar que se mantenga la distancia de seguridad las entidades locales facilitarán el reparto del espacio público a favor de los que caminan y de los que van en bicicleta, en ese orden de prioridad".

Por lo demás, el Ejecutivo ha publicado las indicaciones anunciadas ayer. El deporte individual y los paseos con un conviviente estarán permitidos de 6:00 a 10:00 y de 20:00 a 23:00 horas, mientras que las personas dependientes, con un cuidador, y los mayores de 70 años podrán salir de 10:00 a 12:00 y de 19:00 a 20:00 horas. Los paseos son posibles con una persona con la que ya se esté conviviendo, siempre que sea mayor de 14 años.

Asimismo, en la misma orden se restringe el horario de salida de los menores de 14 años acompañados, que será de 12:00 a 19:00 horas (desde el pasado domingo se podía de 9:00 a 21:00 horas). Sin embargo, los municipios de menos de 5.000 habitantes (que son el 80% de localidades y suman el 12% de población) no tendrán franjas diferenciadas al entender Sanidad que no se producirán aglomeraciones. Los paseos se deberán realizar a menos de un kilómetro del domicilio; sin embargo para la práctica deportiva solo tendrá la limitación de no salir del municipio.

Con estos términos, los paseos familiares (los dos progenitores con sus hijos) siguen sin estar permitidos, dado que los horarios de paseo con niños no son compatibles con los de adultos. El Ejecutivo sí ha establecido la autorización para que las personas puedan desplazarse a cuidar sus huertos.

Así, siempre que no se abandone el municipio, están permitidos los desplazamientos para el cuidado de huertos de autoconsumo o el cuidado de animales, siempre de forma individual. "Todos los desplazamientos contemplados en esta orden se realizarán con observancia de las normas dictadas por las autoridades competentes para garantizar la protección de la salud y la seguridad de los ciudadanos. Dichos desplazamientos han de ser los mínimos posibles para la realización de las tareas indispensables y el acopio de lo necesario".

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