La Seguridad Social niega cualquier cambio en las ayudas anunciadas para autónomos
Trata de aclarar cualquier bulo o fake news que pudiera dar a entender que cualquier autónomo tendrá acceso a una exoneración de cuotas.
Los autónomos no estarán exonerados de pagar las cuotas y tendrán que cumplir los requisitos del último decreto promulgado para acceder al cese de actividad. Esto es así hoy. Y así seguirá siendo, a tenor del contundente comunicado que ha emitido el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
"Todos los autónomos obligados a cerrar por el estado de alarma o con una caída de ingresos del 75%, tienen ya derecho a la prestación que aprobamos en el último Consejo de Ministros independientemente de su condición. Por tanto, desde este Ministerio se desmiente que el Gobierno prepare ninguna modificación".
Cómo acceder al paro
Por tanto, la única manera de que un autónomo pueda solicitar el cese de actividad es mediante el procedimiento que detallábamos en este mismo diario hace unos días.
- Si tu actividad se ve sometida a cierre por estar afectada por el decreto del estado de alarma.
- Si tu actividad ha perdido un 75% de tu facturación en el mes anterior a la solicitud de la prestación. Tomando como medida tu media de facturación del último semestre.
Sólo así, y en el caso de que la resolución tras su estudio sea favorable en base a la documentación presentada, podrás recibir 661 euros, que sería el equivalente al 70% de la base reguladora de un profesional por cuenta propia que cotiza por la base mínima (que es sl caso de la gran mayoría de los autónomos en España).
Lógicamente, y como informan desde la Seguridad Social por otros canales, el autónomo al que le sea concedida esta prestación no tendrá que pagar cuotas, pues se encuentra en situación de cese de actividad.
Aclara por tanto el comunicado las informaciones que insinuaban que habría una exoneración de cuota para los autónomos. Sólo será para quienes les sea concedida dicha prestación, una vez hayan demostrado el cierre obligado por decreto o esa cantidad mínima de facturación. Y, según sentencia el propio comunicado, no se plantean modificaciones.