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La Audiencia Nacional estima el recurso de Santander y retira su imputación en el 'caso Banco Popular'

"No se pueden trasladar sin más a aquella los posibles defectos de organización de la entidad absorbida ni la existencia de una cultura de incumplimiento de la norma", concluye el juez. Se mantiene la responsabiidad civil.

La presidenta del Banco Santander, Ana Botín,
La presidenta del Banco Santander, Ana Botín,EFE

El pasado 11 de abril, el Ministerio Público rechazó el recurso de la entidad que preside Ana Botín ya que, pese a que el banco no tenía antes de la fusión responsabilidad penal en los hechos, si se le debe atribuir a la nueva sociedad. El titular del juzgado central de instrucción nº 4, José Luis Calama, ya rechazó el pasado 20 de marzo otro recurso del Santander, al considerar que es necesaria su presencia "en concepto de investigado, con todos los derechos propios de tal condición".

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El auto analiza el artículo 130.2 del Código Penal sobre la transmisión de la responsabilidad entre sociedades en el que se basó Calama para adoptar su decisión y si bien opina que el legislador debió matizar su redacción, la cuestión es que "Banco Santander ninguna imputación ni responsabilidad penal tenía como consecuencia de los hechos que se investigan"

"No se pueden trasladar sin más a aquella los posibles defectos de organización de la entidad absorbida ni la existencia de una cultura de incumplimiento de la norma, susceptibles de reproche penal porque de ser así, sí se estaría produciendo una vulneración del principio de personalidad de las penas y del de culpabilidad, ya que se haría responder a aquel por hechos ajenos en los que ninguna intervención dolosa ni culposa hubiera tenido", reza el auto.

Los magistrados recuerdan en el auto el precedente de Banco de Valencia, no se comprende que en aquella ocasión una entidad que había recibido dinero público -6.500 millones de euros- fuera apartada de la investigación sobre su quiebra, en tanto que ahora se trata de un proceso privado en

el que no ha intervenido el Estado y no ha habido desembolso de fondos públicos. Precisamente, este caso fue uno de los argumentos de Banco Santander expuesto en su recurso.

Pese a todo, la Sala mantiene que si bien "no cabe descartar la hipótesis de la aparición de hechos con relevancia penal con posterioridad" a la absorción del Popular, "no parece que sea el caso" y, de cualquier modo, en este momento procesal "la única legitimación posible es la de su responsabilidad civil, con lo que quedarían salvaguardados en su caso los derechos de los perjudicados en las presentes actuaciones".

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