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Ya pagas más por ser autónomo, y esto es lo que recibirás a cambio

Estas son las novedades que entraron en vigor el 1 de enero

Las negociaciones entre el Gobierno y el colectivo autónomo han llegado a su fin. El Consejo de Ministros ya ha aprobado un Real Decreto que incluye importantes novedades para el colectivo de los autónomos. Van a pagar más. Y esto es lo que recibirán a cambio.

¿Cuánto voy a pagar de más?

El autónomo persona física pasa a pagar 5,36 € más al mes, lo que significa que anualmente abonará 64€ más al año. El societario pasará a pagar 6,89 € más al mes. Lo que significa que su cuota aumenta 82 € más a lo largo del año. Estos aumentos se derivan de un incremento de la base de cotización de un 1,25%; y también de un aumento del tipo de cotización, que pasa a ser del 30%.

En los próximos años, no obstante, los autónomos deberán pagar más de cuota mensual, situándose la subida en el 31% para el año 2022, aunque desde el Gobierno se lanza un mensaje tranquilizador a los autónomos con menos ingresos, a los que les promete una reforma del sistema para que se cotice en función de los ingresos reales.

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¿Qué recibiré a cambio?

La subida de la base mínima de cotización ha sido desvinculada de la subida del SMI, situándose en la media de los últimos años, pero con la importante novedad de unas considerables mejoras en las coberturas sociales por contingencias comunes, profesionales y por cese de actividad, así como por formación profesional. Estas cotizaciones hasta el momento eran voluntarias, lo que acercará las prestaciones de los autónomos a la de los asalariados.

De esta forma, los trabajadores por cuenta propia tendrán derecho a cobrar el paro y a recibir una cobertura por incapacidad temporal por enfermedad, así como han conseguido mejoras en la conciliación con las bajas por maternidad y paternidad y mejoras también en la formación continua. Lo detallamos a continuación.

2 años de paro

El acuerdo prevé que las condiciones para acceder a la prestación por cese de actividad sean mucho más flexibles que hasta ahora, así como que se amplíe hasta los 24 meses, en lugar de los 12 actuales.

Baja profesional

A partir de ahora, los autónomos podrán cobrar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día de baja. Además, quedarán exentos de pagar la cuota de la Seguridad Social a partir del segundo mes de baja por enfermedad o incapacidad temporal, y hasta que se reincorpore.

Maternidad

Las autónomas que dentro de los 24 meses posteriores a la prestación de baja por maternidad lo deseen, podrán obtener una tarifa plana de 60 euros durante 12 meses sin necesidad de cesar su actividad.

Tarifa plana

Los nuevos emprendedores podrán iniciar su actividad abonando una tarifa plana de 60 euros al mes, 10 euros más que la actual, pero con las mejoras en las coberturas sociales anteriormente explicadas.

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