Pasos para que un falso autónomo denuncie su situación irregular
¿Qué necesita un falso autónomo para denunciar su situación de irregularidad? ¿Qué trámites necesita realizar?
Con el objetivo de que los falsos autónomos puedan denunciar su situación, SOS laboral ha publicado una guía desarrollada por Ley 57 Abogados para la red Business and you, en la que se explica cómo hacerlo. A continuación, vamos a explicar los trámites que se deben poner en marcha.
Lo primero que se debe tener en cuenta es que cuantas más pruebas se puedan aportar, mucho mejor. Los falsos autónomos son aquellos trabajadores que están dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), pero por su condición y relación laboral con la empresa para la que trabajan, deberían estar sujetos al Régimen General. Por tanto, los correos electrónicos, el lugar de trabajo, los horarios, la remuneración fija que se percibe de la empresa, los materiales que utiliza para el desempeño de la actividad, etc., pueden ser pruebas de gran valor para poder demostrar que lo que se denuncia es veraz.
Con estas pruebas, se puede denunciar a través de tres vías:
- Frente a la inspección de trabajo. En este caso, el inspector, con las pruebas presentadas, decidirá si se trata de una relación laboral o mercantil.
- En el Juzgado de lo Social. El trabajador deberá solicitar la existencia de una relación laboral, es decir, es preciso que presente las pruebas que hagan constar que se trata de un trabajo por cuenta ajena y no un trabajo como freelance.
- En el Juzgado de lo Social cuando se ha terminado la relación mercantil con la empresa. En este caso, el trabajador debe solicitar que se considere que la relación entre el trabajador y el empresario fue laboral, y, por tanto, se pida una indemnización por despido.
El objetivo en todos los casos es que se reconozca que el trabajo desempeñado por el trabajador es como asalariado, y que, por tanto, la situación como autónomo es fraudulenta. En caso de que se pueda demostrar y así lo dicte la organización competente, la empresa deberá hacer frente a una sanción, además de abonar las cotizaciones a la Seguridad Social del autónomo de los últimos cuatro años. También el trabajador podrá solicitar la devolución de sus cuotas.