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Novedades laborales que trae la nueva Ley de Autónomos

La nueva Ley de Autónomos trae importantes novedades en maternidad, paternidad, pluriactividad y flexibilidad al cotizar

El 1 de enero entrará en vigor la Ley de Autónomos, prácticamente en su totalidad. Una normativa que, en el ámbito laboral, trae consigo una serie de novedades que analizamos a continuación.

Maternidad y paternidad

La bonificación durante el descanso por maternidad, paternidad, adopción o guarda o bien por riesgo en el embarazo o en la lactancia se aplicará la base media que tuviera el autónomo durante los doce meses anteriores. Las autónomas que se reincorporen después de una baja maternal tendrán una bonificación en la cuota de contingencias comunes. Durante los doce siguientes meses, pagarán 50 euros, en lugar de los 275. En el caso de coger la base máxima, la bonificación será del 80% durante un año.

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Además, en cuanto a las prestaciones económicas, tendrán un subsidio equivalente al 100% de una base reguladora diaria cuyo importe será el resultado de dividir los últimos seis meses anteriores entre ciento ochenta. Según informa la firma de asesoramiento Lener

Pluriactividad

Para los trabajadores autónomos en régimen de pluriactividad, es decir que trabajen por cuenta propia y por cuenta ajena, la Tesorería General de la Seguridad Social les devolverá los posibles excesos en las cotizaciones. Para evitar las duplicidades.

Altas y bajas

A partir del próximo año, los autónomos podrán darse de alta y de baja hasta tres veces dentro del año natural. Además, el primer mes de alta se cotizará por los días trabajados en lugar de por el mes completo. Por ejemplo, si un autónomo se da de alta el 20 de junio, solo pagará los diez días de ese mes.

Por otro lado, los autónomos podrán cambiar su base de cotización hasta cuatro veces en un año. Es decir, podrán elegir entre cotizar 275 euros y 1.121 euros cuatro veces en función de los ingresos por temporadas. Ya que hay trabajadores que en los meses vacacionales ganan el triple o el cuádruple que en invierno.

Finalmente, desde el 1 de enero se reducirá del 20 al 10 por ciento el recargo al ingresar las cuotas fuera de plazo dentro del primer mes natural.

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