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Menos cuota por más tiempo y otras ayudas

A partir del 1 de enero, la tarifa plana de 50 euros se extiende a un año Los recargos por impago a la Seguridad Social bajan al 10% el primer mes

La ministra de Empleo Fátima Bañez, durante la rueda de prensa celebrada tras el Consejo de Ministros en el Palacio de La Moncloa.
La ministra de Empleo Fátima Bañez, durante la rueda de prensa celebrada tras el Consejo de Ministros en el Palacio de La Moncloa.EFE
Raquel Pascual Cortés

El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 25 de octubre el texto definitivo de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, que incluye casi una veintena de novedades en materia de Seguridad Social y de contratación, además de otros cambios fiscales.

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No todas estas novedades están ya vigentes, ya que varias de ellas entrarán en vigor el 1 de enero del próximo año. Los últimos cambios, con los que los autónomos arrancarán 2018, son los siguientes:

Algunas medidas en vigor

Además de todas las anteriores medidas, la nueva ley incluye otras muchas que sí están vigentes desde el día siguiente a su publicación en el BOE, aunque las oficinas gestoras de la Seguridad Social las irán aplicando a medida que reciban las instrucciones administrativas para llevarlas a cabo. Por ello, la puesta en marcha de alguna de ellas podría tardar más en aplicarse, pero se haría de forma retroactiva desde su entrada en vigor, según precisan fuentes de la Administración.

Conciliación y accidentes 'in itinere'

Desde la entrada en vigor de la nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, el pasado 26 de octubre, existe una tarifa plana de 50 euros de cuota para las madres que reemprendan antes de dos años desde que cesaran su negocio por maternidad, adopción, acogimiento etc. Se trata de una excepción para que no tengan que esperar a cumplir dos años desde que fueron autónomas por última vez para poder acogerse de nuevo a la tarifa plana, como el resto de trabajadores. Asimismo, los autónomos que sean madres o padres están exentos desde finales de octubre de pagar cuota durante el periodo de baja por maternidad o paternidad. También están ya exentos de abonar la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes.

Con la nueva normativa ya se reconocen para los trabajadores autónomos los accidentes laborales in itinere (aquellos que se producen de ida o vuelta al trabajo), siempre que la ubicación de su actividad no coincida con su domicilio. Por otra parte, la ley considera “de utilidad pública” a las asociaciones de autónomos más representativas. Y se da un año de plazo, que vencerá el 25 de octubre de 2018, para que los autónomos entren en el Consejo Económico y Social (CES) y para que se constituya el Consejo del Trabajo Autónomo.

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Sobre la firma

Raquel Pascual Cortés
Es periodista de la sección de Economía, especializada en información sobre empleo, Seguridad Social, pensiones y relaciones laborales. Licenciada en C.C. de la Información por la U. Complutense, empezó a trabajar en Cinco Días en 2000 y antes pasó por las secciones de política y economía de la agencia Europa Press y por el diario Soria 7 Días.

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