Cambios legales que se avecinan para quien sea autónomo y asalariado a la vez
Los trabajadores en régimen de pluriactividad tendrán derecho al reembolso directo, y sin solicitud previa, del 50% del exceso de cotización. Disfrutarán también de bonificaciones los tres primeros años de actividad.
La nueva Ley de Autónomos modifica la situación de aquellos trabajadores en régimen de pluriactividad. Es decir, aquellos que trabajen a tiempo parcial o completo como asalariados y además estén dados de alta como trabajadores por cuenta propia. Actualmente, estos empleados cotizan doblemente, ya que por un lado efectúan a la Seguridad Social su cotización como autónomo y, por otro lado, la empresa que le tenga contratado también cotiza por él.
Por tanto, con la nueva normativa, los trabajadores que se encuentren en esta situación tendrán derecho al reintegro del 50% del exceso “en que sus cotizaciones superen la cuantía que se establezca a tal efecto por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio, con el tope del 50 por ciento de las cuotas ingresadas en esta situación.” Según recoge la nueva normativa.
La Tesorería General de la Seguridad Social será la encargada de abonar el reintegro que corresponda a cada trabajador en régimen de pluriactividad antes del 1 de mayo del ejercicio siguiente.
Reglas de cotización
Aquellos trabajadores que se den de alta por primera vez en el régimen de pluriactividad, pueden elegir como base de cotización la comprendida entre el 50% de la base mínima de cotización durante los primeros 18 meses (446,70 euros) y el 75% durante los segundos dieciocho meses (669,90 euros). Esto supone un reducción en la cuota que abonan mensualmente a la Seguridad Social.
Para los trabajadores en régimen de pluriactividad, que trabajen por cuenta ajena a tiempo parcial, podrán elegir en el momento del alta, como base de cotización, la comprendida entre el 75% (669,90 euros) durante los primeros dieciocho meses y el 85% (759,00 euros) durante los segundos dieciocho meses.
Aquellos trabajadores en régimen de pluriactividad, no podrán acogerse a esta modificación de la ley si disfrutan de otra bonificación o reducción previamente establecida. También será incompatible con el reintegro de cuotas del que hemos hablado al comienzo de este artículo.