Enmiendas más relevantes del Senado a la inminente Ley de Autónomos
Recopilación de las principales enmiendas presentadas en el Senado y que pretenden mejorar el texto que salió del Congreso.
Los trabajadores autónomos tienen claro que algunas reglas de su ámbito laboral van a cambiar en breve. Lo que todavía no se sabe es la exactitud de esos cambios. La nueva Ley de Autónomos se encuentra en la actualidad en el Senado. El próximo 3 de octubre tendrá lugar la reunión de la comisión de empleo de esta Cámara, que admitirá o no a trámite algunas de las enmiendas presentadas por los diferentes partidos políticos. El texto resultante de dicha comisión será el que pasará al Congreso, quien realizará la aprobación definitiva de la nueva Ley. Previsiblemente el 11 de octubre.
Pero, ¿cuáles son esos retoques? ¿Qué cambios de última hora se están trabajando? Territorio Pyme de Cinco Días ha tenido acceso a las principales enmiendas presentadas. Repasamos a continuación las más importantes, y cómo afectaría, si se aprobaran, a la vida de los profesionales por cuenta propia.
- Incluir teléfono e Internet entre los gastos deducibles para el autónomo que trabaja en el hogar. La enmienda presentada considera que, si se estiman necesarios agua, luz y gas, también debería incluirse en este apartado de gastos deducibles, y en la misma medida, los consumos de internet y teléfono.
- Se pretende definir el concepto de habitualidad en las actividades de un profesional autónomo. Este término es clave para establecer si una persona debe o no darse de alta en la Seguridad Social como autónomo. La enmienda propone que se entenderá por habitualidad cuando los ingresos superen anualmente el Salario Mínimo Interprofesional en cómputo global. No importará si la actividad se realiza o no periódicamente, si no los ingresos totales en un año.
- La famosa cotización en base a ingresos reales está presente en las enmiendas. Se propone revisar lo que debe pagar un autónomo según los últimos ingresos declarados, revisable cada tres meses. Y establecer una cuota a pagar que sea proporcional a esos ingresos.
- Que el autónomo cotice, de forma obligada, por contingencias profesionales. Esto aumentaría lo que pagan los profesionales de este colectivo. Pero, también, mejoraría las prestaciones sociales, que es lo que buscan quienes ha propuesto esta enmienda.
- Posibilidad de incluir la figura del autónomo a tiempo parcial, especialmente para atender las nuevas formas de trabajo derivadas de la economía colaborativa.
- Se proponen modificaciones del artículo 30 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Sociedades. El objetivo es que el autónomo pueda deducirse los gastos de comida durante jornadas laborales, de forma equivalente a la del resto de trabajadores, a través de los vales comidas.
- Se ha propuesto también eliminar la limitación para capitalizar el desempleo, si se había compatibilizado previamente con el trabajo autónomo.
- Que los autónomos colaboradores puedan reiniciar actividad tras un cese temporal. Y seguir teniendo acceso a las bonificaciones que pudiera concederles la Seguridad Social.
- Confirmación de la obligatoriedad, para autónomos TRADE, de cotizar por incapacidad temporal, cese de actividad y por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. En relación con el TRADE también se propone un periodo de análisis de un año, con el objetivo de acometer a medio plazo una profunda revisión de este régimen.
Esta figura de autónomo está muy presente en las enmiendas. También se solicita para ellos que el cese de actividad esté asegurado, al igual que ocurre con los asalariados. Es decir, que no tenga que existir un proceso de aprobación por parte de la Administración para decidir si un autónomo TRADE debe o no cobrar el paro.
- Entre las enmiendas también se encuentra el reconocimiento del accidente initínere. Es decir, antes, el autónomo que tenía un accidente volviendo del trabajo a casa no era considerado accidente de trabajo. Sin embargo, en caso de los asalariados, sí lo era.
- Eliminación del periodo de cinco años en donde deudas exoneradas puedan volver a ser reclamadas. La idea es favorecer una real Segunda Oportunidad para el colectivo.
- Cuando se compatibilice el cobro de paro, y una actividad por cuenta propia, los servicios públicos de empleo deberán continuar pagando la cuota diferencial entre la nueva base de cotización del autónomo, y la base reguladora por la que viniera cotizando a favor.
- Que se activen las medidas previstas de formación, orientación profesional y promoción de actividad emprendedora, sobre aquellos autónomos cobrando cese de actividad. Las cantidades recaudadas a tal efecto, hasta ahora, no se han utilizado, según denuncian en las enmiendas.
- Autónomos con más de diez trabajadores. Si un trabajador por cuenta propia contrata a diez trabajadores, un día, debe pagar una cuantía igual a la correspondiente para los trabajadores encuadrados en el grupo de cotización 1 del Régimen General. Se presenta enmienda para que se diferencie la habitualidad de esa contratación. Es decir, que se establezca una media de cinco trabajadores contratados en cómputo trimestral. Una medida que serviría para diferenciar entre la persona que realmente tiene un alto número de trabajadores, de forma habitual, frente a aquella que los tiene ocasionalmente.