Ley de Autónomos: ¿qué entra en vigor antes de 2018 y qué lo hará después?
La ampliación de la tarifa plana o las mejoras de cotización para colaboradores estarán vigentes el próximo año No serán las únicas medidas que tendrán que esperar sí o sí a esa fecha.
La nueva Ley de Autónomos introducirá cambios que afectarán a este tipo de trabajadores. Algunos de ellos entrarán en vigor con la publicación de la nueva norma en el BOE, previsiblemente antes de que acabe el año. Sin embargo, existen modificaciones que, sí o sí, entrarán en vigor en 2018.
Según desgrana en un comunicado Europa Press, el primero de ellos afecta directamente a la tarifa plana. Su tan comentada ampliación no será efectiva hasta enero de 2018, aunque la Ley de Reformas Urgentes del trabajo autónomo se apruebe antes de esa fecha.
La modificación consiste en ampliar de seis a doce meses el periodo en el que el autónomo sólo tiene que pagar 50 euros. A partir del mes 13, y hasta el 18, la deducción será de un 50% de la bonificación. A partir de esa fecha, y hasta los dos años, el autónomo se beneficiará de una deducción del 30%.
Otro de los cambios que implica es que, para beneficiarse de esta tarifa solo serán necesarios que en los dos años anteriores no se haya estado de alta como autónomo. Actualmente este rango del calendario asciende a cinco años.
Más cambios que sólo estarán disponibles a partir de 2018
En paralelo, otras bonificaciones que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2018 serán la reducción de los primeros doce meses (en un 80%) y de los 48 siguientes (del 50%) en los casos de discapacidad o de personas víctimas de la violencia de género o terrorista.
De igual modo, en el caso de los autónomos colaboradores, la nueva ley establecerá la reducción durante doce meses del 100% de las cuotas a pagar. Por su parte, en los casos de pluriactividad con contrato por cuenta ajena a jornada completa, se establece una deducción, durante 18 meses, del 50%. Mientras tanto, en los 18 meses posteriores esta rebaja será del 25%.
La nueva ley de autónomos confirma que los días de cotización no serán, a partir del próximo año, el mes completo, sino que los beneficiarios tendrán tres altas y bajas al año en el que solo se cotizará por los días del mes en los que se haya estado de alta.
Cambios, previsiblemente, a partir de octubre
Si la normativa no sufre nuevos parones, se estima que se hará efectiva a partir del mes de octubre. Los cambios que sí serán realidad a partir de ese instante son:
- La cuota de autónomo societario deja de estar vinculada al SMI.
- La cuota de autónomos por baja de maternidad o riesgo durante embarazo será bonificada al 100%, aunque no se contrate a nadie en sustitución. Si sí es necesario contratar un trabajador en interinidad, su cuota a la Seguridad Social también será bonificada al 100%. Ambas cuestiones, además, serán compatibles.
- El autónomo podrá deducirse luz, agua y gas en un 20%, en el caso de trabajar en el hogar.
- Cobrar el 100% de la jubilación y seguir dado de alta como autónomo, si se tiene a un trabajador a cargo.