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Factoo sigue operando en la Seguridad Social pese a haber sido descalificada

La cooperativa está en plazo para recurrir a los tribunales contencioso-administrativos la resolución de Empleo

Getty Images
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María, nombre ficticio, recibió el martes, 22 de agosto un mensaje de la Seguridad Social, comunicándole que había sido tramitada su alta en el sistema en Fidelis Factu, S. Coop –nombre del registro de la cooperativa Factoo–. Un día después, esta asociada a Factoo recibió otro mensaje, que le informaba de que había sido dada de baja.

Esto significa que la cooperativa Factoo, continúa facturando trabajos de profesionales y freelances, a los que da de alta en la Seguridad Social, para que éstos no tengan que cotizar como autónomos, debido a que sus trabajos son puntuales.

Esta actuación fue considerada como “fraudulenta” por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y por el Ministerio de Empleo, que el jueves pasado, envió un comunicado anunciado la “desalificación” de Factoo como cooperativa. Fuentes de la Administración explicaron entonces que esto implicaba la disolución de la cooperativa y que no podría volver a operar, dando de alta y de baja a sus asociados en la Seguridad Social.

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Sin embargo, Factoo sigue operando con normalidad pese a haber sido descalificada.

El motivo por el que esto se permite es, según fuentes consultadas, porque la cooperativa aún está en periodo de recurrir la decisión del Ministerio de Empleo y pedir su nulidad. Según la normativa, la descalificación supondrá la liquidación de la cooperativa solo cuando exista una sentencia firme, si se recurre a los tribunales.

De hecho fuentes de Factoo ya señalaron que emprenderían “las pertinentes acciones para la defensa de sus intereses y de todos los asociados”.

Desde la Administración se indica que la vía de recursos administrativos ya se ha agotado y, por tanto, solo queda el recurso a los tribunales de lo contencioso administrativo.

Según Empleo, durante los dos años que lleva activa Factoo ha tenido en alta a más de 5.000 afiliados distintos en la Seguridad Social. Entienden que dar de alta durante pocos días a los asociados es una “vinculación anómala” con el sistema. En opinión de la Administración, lo correcto sería que los socios trabajadores de una cooperativa se incorporen en la prestación del trabajo con una relación laboral, en principio, indefinida.

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