El juez da la razón a Bankia en la demanda de Iberdrola
Asume que las cuentas son falsas pero que la eléctrica tenía otros elementos de juicio
Ya hay sentencia para el juicio empresarial del año. Apenas unas semanas después de que se celebrara el juicio en el que Iberdrola reclamaba a Bankia el dinero perdido al invertir en su salida a Bolsa, el juez se ha pronunciado a favor de la entidad financiera.
Aunque estima que las cuentas con las que la entidad financiera debutó en el parqué son falsas, el magistrado José Ramón Manzanares Codesal considera que Ibedrola no ha demostrado que la contabilidad de la entidad financiera fuera crucial en su decisión.
De hecho, la primera parte del juicio, que se saldó en dos sesiones, estuvo marcada por el desfile de banqueros de inversión de JP Morgan y Merrill Lynch que en aquel momento apoyaban la salida a Bolsa de Bankia y mantuvieron reuniones informativas con Iberdrola.
En la sentencia de 42 páginas, a la que ha tenido acceso este diario, el juez deniega a Ibedrola la posibilidad de recuperar los 12 millones de euros que perdió de los 70 millones que invirtió inicialmente y le condena a pagar las costas del juicio.
La decisión del juez se basa fundamentalmente en el criterio sentado por el Tribunal Supremo, que a comienzos de 2016 ya consideró que las cuentas de Bankia no reflejaban la realidad, lo que obligó a la entidad nacionalizada a devolver el dinero a los particulares.
“Habiendo vinculado causalmente el Alto Tribunal la contabilidad falsa de Bankia con la esencialidad y excusabilidad del error [a] los inversores en general, parecería que la demanda de Iberdrola debería recibir favorable acogida”, admite el juez.
“Sin embargo”, prosigue, “el Tribunal Supremo ha añadido, sin perfilarlo ni desgranarlo, un concreto concepto jurídico indeterminado, el 'acceso a otro tipo de información complementaria', y es lo cierto que la actora sí dispuso de una información que parece quedar subsumida en el concepto”, recoge el fallo.
Es decir, que el Supremo dejó claro que la falta de veracidad del folleto afectaba al pequeño inversor particular porque no tenía las herramientas de análisis de un gran inversor, que sería el caso de Iberdrola.
En su argumentario, el magistrado también destaca que Iberdrola contó con varios avisos de “inseguridad e incertidumbre” en Bankia en forma de rebajas de rating aplicadas por las agencias de calificación crediticia días antes de la salida a Bolsa.
Factores que, aunque se hacen públicos, “no resulta factible” que sean consultados por los inversores minoristas pero con los que Iberdrola si contó “pese a lo cual, días después, decidió adquirir acciones por valor de casi 70 millones de euros”.
El veredicto, que podrá ser recurrido ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de 20 días hábiles, resta esperanzas en todo caso a los inversores institucionales que apoyaron la salida a Bolsa de la entidad que acabó nacionalizada con 1.237 millones.
A su vez, el fallo da aire a Bankia, que afrontaba el primer juicio planteado por una gran compañía, y ve alejarse la posiblidad de tener que encajar semejantes indemnizaciones tras compensar ya a los minoristas, que aportaron otros 1.855 millones.
Iberdrola ya avanza, no obstante, que aunque primero estudiará el fallo al detalle, previsiblemente optará por recurrirlo.