Así puede ser el castigo de Bruselas por falta de ‘medidas efectivas’ contra el déficit
La CE amenaza a España con una multa de 2.000 millones de euros Bruselas achaca el derrape presupuestario en gran parte al despilfarro previo al 20D
"No haber tomado medidas efectivas para corregir el exceso de déficit público”. Ese es el veredicto contra España que la Comisión Europea espera hacer público mañana mismo. En apariencia, se trata solo de un mal trago, por el que ya han pasado cuatro países de la zona euro (Alemania, Francia, Grecia y Bélgica) y otros cuatro de la UE (Hungría, República Checa, Polonia y Reino Unido).
Pero esta vez, además del baldón, sobre España se cierne la amenaza de una multa de hasta el 0,2% de su PIB porque la UE ha endurecido el Pacto de Estabilidad. España, alumna aventajada del Pacto hasta que comenzó la crisis, se ve ahora abocada a estrenar una sanción por un derrape presupuestario en 2015 que Bruselas achaca en gran parte al despilfarro previo a las elecciones generales del 20 de diciembre.
- Sin precedentes
La posibilidad de imponer sanciones por no adoptar medidas efectivas se introdujo a raíz de la crisis, pero todavía no se ha utilizado nunca. Bélgica se salvó por una cuestión de calendario en 2013. Y Francia en 2015 porque la Comisión ajustó el análisis para que se librara de la sanción. El Gobierno español todavía confía en que Bruselas acepte algún eximente (como la baja inflación), pero no parece contar con la comprensión del vicepresidente económico de la CE, Valdis Dombrovskis, ni del comisario de Economía, Pierre Moscovici.
- Último recurso
El dictamen de la Comisión de esta semana no desencadena inmediatamente la sanción. Bruselas dispone todavía de margen de maniobra y el Gobierno tiene posibilidad de un último recurso. El primer paso corresponde al Ecofin (ministros de Economía de la UE) que debe aprobar la propuesta de la Comisión sobre la “falta de medidas efectivas”. Desde ese momento, Madrid dispone de 10 días para presentar sus alegaciones y la CE debe presentar su propuesta de sanción (de hasta el 0,2% del PIB) en un plazo de 20 días. La multa se dará por aprobada si en un plazo de 10 días el Ecofin no se pronuncia en contra por mayoría cualificada.
- Calendario flexible
Bruselas puede jugar con el calendario, porque las normas no establecen un plazo concreto entre la propuesta de esta semana y su aprobación por parte del Ecofin, que será la que desencadene la multa. La próxima cita de los ministros es el 25 de mayo, pero no parece que la presidencia holandesa de la UE vaya a incluir la decisión en la agenda. La siguiente reunión está prevista para el 17 de junio. Si el dictamen se aprobase ese día, la CE tendría 20 días para proponer la multa, es decir, hasta el mes de julio.
- 'Brexit' y elecciones
Bruselas es partidaria de dilatar el calendario para que el anuncio de la sanción no coincida con la campaña del referéndum en Reino Unido (el 23 de junio) sobre la continuidad de ese país en la UE. Bruselas tampoco quiere que el castigo al Gobierno de Mariano Rajoy se haga público en plena campaña para las elecciones generales del 26 de junio.
- Multa variable
Por norma, según el Pacto de Estabilidad, la CE debe proponer una multa equivalente al 0,2% del PIB del país castigado, que en el caso de España serían unos 2.000 millones de euros. La CE, sin embargo, puede proponer una rebaja (hasta cero euros) si acepta las alegaciones que presente España. El Ecofin, por mayoría cualificada, también puede modificar la cantidad.
- Al fondo de rescate
La multa es definitiva y no recuperable. Si no se reduce a cero, el montante deberá pagarse a la Comisión que se lo transferirá al fondo de rescate de la zona euro (MEDE), un organismo al que España todavía adeuda casi 35.721 millones de euros por el préstamo concedido para la reestructuración del sector financiero.
- Fondos estructurales
El castigo también puede suponer la suspensión parcial de los fondos europeos para España a partir del próximo 1 de enero, tanto de los estructurales, como de los agrícolas (PAC). Bruselas puede congelar hasta el 50% de los compromisos de pago (es decir, de los fondos comprometidos, pero todavía no presupuestados) hasta que se dé por satisfecha con las medidas que adopte para controlar el déficit. A diferencia de las multas, ese castigo también se puede aplicar a los países que no pertenecen al euro (salvo al reino Unido) y ya se utilizó con Hungría en 2012.
- Discrecionalidad
La Comisión intenta presentar su dictamen contra España como una consecuencia casi automática de la aplicación de las reglas. Pero lo cierto es que dispone de gran margen de maniobra y otras veces lo ha utilizado. La más reciente, en 2015, para salvar a Francia. En aquel caso, según recuerda un informe del Parlamento Europeo, la CE solo evaluó la efectividad de las medidas adoptadas por París en 2013 y 2014 y no incluyó, como pedían las normas, el ejercicio de 2015, que hubiera puesto en peligro a Francia. El documento añade que la Comisión se conformó con señalar que “no hay evidencias disponibles que permitan concluir la no adopción de medidas efectivas”. “Es la primera vez que la Comisión basa su recomendación en ese tipo de premisas”, constata el documento y augura que puede sentar un precedente para casos futuros.
- Otros condenados
Portugal parece el principal candidato a acompañar a España en el escarmiento. Pero no el único. También están en el punto de mira Bélgica y Eslovenia (por el déficit) e Italia, por la deuda. La aplicación de las normas más estrictas sobre la reducción de la deuda incluían una tregua de tres años, que para Roma expira este mes de junio.
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