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Banca

Bruselas expedienta a España por la normativa sobre desahucios

La Comisión considera que la legislación española era desfavorable al cliente bancario

Vista de una concentración de Stop Desahucios.
Vista de una concentración de Stop Desahucios. Efe

La Comisión Europea expedientó ayer a España por primera vez por su legislación hipotecaria. Bruselas considera que la legislación española incumple las obligaciones de la directiva europea sobre cláusulas abusivas en los contratos con los consumidores.

El expediente llega 23 años después de que se aprobara esa directiva en 1993. Y más de seis años después de que estallara una burbuja inmobiliaria que desencadenó la ejecución de centenares de miles de hipotecas y el desahucio de centenares de miles de familias.

A Bruselas le inquietan ahora tres puntos, según fuentes comunitarias. En primer lugar, la imposibilidad del juez de parar un procedimiento de desahucio para verificar la legalidad del contrato. Y en segundo lugar, la jurisprudencia del Tribunal Supremo que ha limitado la retroactividad de la devolución de las llamadas cláusulas suelo cuando sean declaradas abusivas. Por último, Bruselas lamenta que el Gobierno solo concediera un mes de plazo a recurrir la ejecución de una hipoteca tras la reforma aprobada en 2013 a instancias del Tribunal de Justicia europeo.

La apertura del expediente, en forma de carta de emplazamiento, supone un primer paso. España y la Comisión iniciarán ahora un procedimiento de negociación. Si Bruselas no se considera conforme, podrá enviar un dictamen motivado. Y si tan poco se resuelven las diferencias, la CE podrá denunciar a España ante el Tribunal de la UE, un litigio que puede tardar años o lustros en llegar a una conclusión definitiva. El expediente, por tanto, resulta prácticamente inocuo desde el punto de vista legal y su previsible repercusión solo será política.

El juez debe poder

frenar una expulsión

y la devolución de

las cláusulas suelo

ha de ser completa

Los magistrados españoles, sin embargo, no han esperado a la Comisión y desde hace años han cursado consultas prejudiciales que permitieron al Tribunal de Justicia europeo imponer cambios en la legislación española. La primera sentencia de ese tribunal data de 2013 y obligó a España a cambiar la ley para mejorar la protección de los consumidores en caso de enfrentarse a una ejecución hipotecaria.

El Gobierno de Mariano Rajoy procedió a una reforma urgente que fue de nuevo cuestionada, poco después, por los magistrados europeos, que incluso tramitaron las consultas de manera urgente (algo excepcional) ante lo que describieron con un enorme riego social.

Las sentencias se han sucedido en los últimos tres años y han reconocido desde el derecho del juez a suspender un desahucio a la posibilidad de que rebaje los intereses de demora por un impago. Bruselas ha contemplado impasible esas flagrantes infracciones y se resistía a expedientar a España para evitar, según fuentes comunitarias, desestabilizar al sector financiero.

Bruselas se ha decidido ahora a abrir el expediente, aunque algunas de las medidas que cuestiona (como el plazo de recurso) se aprobaron durante el rescate de la banca española y fueron aceptadas por los hombres de negro de la CE que vigilaban entonces a España. Otras, como la retroactividad en la devolución de las cláusulas suelos, ya están siendo analizadas por los tribunales, que se pronunciarán mucho antes de que la CE concluya su expediente.

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