Todo lo que tiene que saber antes de coger el retiro
Con un sistema público de pensiones deficitario, los cambios no dejan de sucederse. La cita electoral trae polémicas propuestas.
La actual financiación del sistema de pensiones es deficitaria, es decir, no hay dinero suficiente para poder costearlas todas. Por ello, las últimas reformas han actuado fundamentalmente sobre los gastos, por ejemplo, endureciendo el acceso a las jubilaciones anticipadas o retrasando la edad de retiro.
Además, el sistema público ha puesto en marcha un simulador para que todos los ciudadanos puedan calcular el importe de su futura pensión.
Lo cierto es que las pensiones son un tema controvertido y, con las elecciones generales a la vuelta de la esquina, ya son varios los partidos que han manifestado sus planes si consiguen hacerse con el trono soñado.
El Partido Socialista ha comunicado que derogará las medidas puestas en marcha en esta legislatura. Albert Rivera, líder de Ciudadanos, se ha mostrado favorable al Pacto de Toledo, lo que supondría que las pensiones se volviesen a actualizar según el IPC y una jubilación a los 65 años como regla básica.
Por su parte, Pablo Iglesias va más allá y plantea una jubilación a los 63, incluso a los 60... Lo que es seguro es que habrá que ser previsores y ahorrar de cara al retiro profesional.
- Complemento para madres
El 16 de septiembre de este año se aprobó en el Pleno del Congreso de los Diputados un nuevo complemento dirigido a las mujeres con hijos (naturales o adoptados) que se jubilen a partir del 1 de enero de 2016 y que sean beneficiarias de cualquier régimen de Seguridad Social, bien sea de pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
Con este complemento se incrementará la pensión de la mujer entre un 5% y un 15%, dependiendo del número de hijos. De este modo, aquellas que hayan tenido dos hijos se beneficiarán de una subida del 5%; si han tenido tres, les corresponderá una subida de un 10%, y si han sido cuatro o más, de un 15%.
Las mujeres con tres hijos recibirán un complemento de hasta el 15%
Pero hay excepciones: si la cuantía de la pensión reconocida inicialmente supera el límite establecido por la ley, la pensionista solo podrá beneficiarse de un 50% del complemento. Es decir, con dos hijos, el incremento será del 2,5%; con tres, del 5%, y con cuatro o más, del 7,5%.
Además, en caso de jubilación anticipada, si es voluntaria, no tendrá derecho al complemento. Pero sí se beneficiará si la jubilación ha sido forzosa, esto es, si ha sido por despido.
En el caso de jubilaciones parciales, el complemento será asignado una vez se haya cumplido la edad de jubilación y se acceda a la completa ordinaria. Por otro lado, si la mujer tiene más de una pensión contributiva, solo se aplicará a una de las pensiones de la beneficiaria, y se hará en la pensión que resulte más favorable.
- Salario y pensión
Ante la nueva realidad del mercado laboral en España, desde 2013 es posible compatibilizar el cobro de la pensión por jubilación con el trabajo por cuenta ajena o propio, bien sea a jornada completa o a tiempo parcial.
De este modo, el trabajador podrá cobrar el 50% de la pensión que le corresponda (que es el importe del reconocimiento inicial y de las revalorizaciones sin contar con complementos a mínimo) a la vez que cobra un salario.
Eso sí, como en todas las medidas, hay excepciones, y esta no será compatible con la jubilación anticipada o bonificada por trabajos tóxicos, penosos... Tampoco podrán acceder los funcionarios públicos y solo podrán beneficiarse aquellos trabajadores que tengan derecho a la pensión completa una vez hayan cumplido la edad ordinaria de jubilación.
- Ordinaria
Con la Ley 27/2011, acceder al sistema de pensiones se volvió más complicado. Antes de esta reforma, por ejemplo, los trabajadores podían obtener el 100% de su prestación a los 65 años y el periodo que se tomaba en cuenta para realizar el cálculo eran los últimos 15 años de cotización. La totalidad de la revisión no será puesta en marcha hasta 2027, de tal modo que desde 2013, año tras año se va aplicando de forma paulatina.
A partir de enero de 2027, la edad de jubilación será de 65 años para las personas que tengan cotizados 38 años y 6 meses o más, y de 67 años para los que tengan menos; el periodo de cálculo se realizará a partir de los últimos 25 años y se necesitará tener 37 años cotizados para alcanzar el 100% de la base reguladora.
Pero volviendo al presente, para este año la edad de jubilación está en los 65 años para todos aquellos trabajadores que hayan cotizado 35 años y 9 meses o más y en los 65 años y 3 meses para los que tengan menos. En 2016, la edad de jubilación será de 65 años para los que tengan cotizados 36 años o más y de 65 años y 4 meses para los que tengan menos.
El periodo de cálculo para este ejercicio son los últimos 18 años, y en 2016, los últimos 19; y tanto para 2015 como para 2016 se necesitarán 35 años y 6 meses para alcanzar el 100% de la base reguladora.
- Anticipada
Desde abril de 2013, jubilarse anticipadamente sale más caro tanto para los trabajadores como para las empresas. De todos modos, dentro de este modelo de jubilación hay que marcar diferencias entre jubilación anticipada forzosa y voluntaria.
Para la forzosa, la edad de acceso se retrasa paulatinamente desde los 61 años a los 63, a la misma velocidad que la edad legal de jubilación a los 67 años. De este modo, siempre se podrá acceder a esta modalidad cuatro años antes de la edad legal de retiro.
Además, el periodo de cotización exigido para los de 30 a los 33 años y los recortes de la pensión por trimestre son más duros. Hasta los 38 años y 6 meses será del 1,875%; entre los 38 años y 6 meses y los 41 años y 6 meses, del 1,75%; entre los 41 años y 6 meses y los 44 años y 6 meses, del 1,625%, y desde los 44 años y 6 meses, del 1,5%.
Los que se quieran beneficiar de este modelo deberán ser demandantes de empleo al menos seis meses antes por despido colectivo, objetivo, resolución judicial por concurso o por fuerza mayor.
Para la voluntaria, la edad de acceso también se retrasa.
En concreto, hasta los 65 años, y, como en la forzada, será de forma gradual hasta la edad de jubilación a los 67 años, pero en esta modalidad son dos años antes los marcados en relación a la edad legal de retiro. Los coeficientes penalizadores por trimestre oscilan entre el 1,625% desde los 44 años y 6 meses y el 2% hasta los 38 años y 6 meses.
- Parcial
La jubilación parcial también fue endurecida en la última reforma. Se retrasa desde los 61 a los 65 años de la misma forma que la anticipada voluntaria, y los años cotizados exigidos pasan de los 30 a los 33 años.
Por otro lado, para poder acceder a esta prestación se deberá contar con una antigüedad de seis años en la empresa y la reducción de la jornada laboral del jubilado está entre el 25% y el 50%, aunque puede llegar al 75% si el contrato del trabajador que los sustituye es indefinido. El porcentaje de cotización para ambos trabajadores (jubilado y sustituto) es del 100%.
- Sistema de revalorización
Desde enero de 2014, las pensiones ya no se revalorizan según el IPC del mes de noviembre, sino que lo hacen por una fórmula matemática que tiene en cuenta varios datos calculados tomando una media móvil de los cinco años anteriores, el año en curso y la previsión que haga el Gobierno para los cinco siguientes.
Los datos son: importe de los ingresos, gastos del sistema de Seguridad Social, la tasa de variación anual del número de pensiones contributivas, un elemento denominado velocidad de ajuste (número de años en los que cada Gobierno podrá trasladar el esfuerzo presupuestario, si hay déficit o superávit) y la evolución del efecto sustitución, o lo que es lo mismo, la variación interanual de la pensión media del sistema de cada año antes de aplicarle la revalorización.
Reducido a datos, la ley fija un techo (las pensiones no podrán subir más de la cifra del IPC del año anterior más un 0,50%) y un suelo (deberán subir como mínimo un 0,25%) y serán revisadas cada cinco años.
- Factor de sostenibilidad
Esta medida no entrará en vigor hasta 2019, pero conviene tenerla presente. Y es que a partir del 1 de enero, además de los parámetros que se tienen en cuenta actualmente, se añadirá un nuevo coeficiente: el de esperanza de vida del pensionista en el momento de cumplir 67 años, que se revisará cada cinco años. Así, cuanto más suba la esperanza en ese tiempo, más recortada se verá la pensión de los nuevos jubilados.
Últimas reformas del sector privado
El Gobierno sabe que los planes de pensiones privados serán necesarios para complementar el sistema de pensiones públicas del futuro y, por ello, las últimas reformas fiscales que han protagonizado estos productos persiguen una clara intención: la de incentivar al consumidor para que termine contratándolos.
Ahora ya es posible rescatar las aportaciones que tengan una antigüedad mínima de 10 años, a contar a partir del 1 de enero de este año, por lo que los primeros rescates podrán realizarse en 2025. Además, se han reducido las comisiones desde el 2,5% al 1,75%.
Otra de las medidas adoptadas es la ampliación de los supuestos de rescate. Recuperar el dinero del plan es factible, además de en situaciones de paro o enfermedad grave, en casos de desahucio.
Las aportaciones al cónyuge también han sido ampliadas desde los 2.000 euros hasta los 2.500, siempre y cuando su renta sea inferior a 8.000 euros anuales. Por otro lado, se ha reducido el número de tramos, desde los siete hasta los cinco, y de tipos marginales en IRPF: el tipo mínimo de gravamen pasa del 24,75% al 19,5% este año y al 19% en 2016, y el máximo pasa al 46% en 2015 y al 45% en 2016.
Aun así, no todas las noticias son buenas, este año la aportación máxima que cuenta con ventaja fiscal ha bajado desde los 10.000 euros (12.500 para los mayores de 50) hasta los 8.000.
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