Autónomo de responsabilidad limitada: qué es y ventajas
Esta opción evita que la vivienda habitual sea embargada en caso de deuda, siempre y cuando esté tasada en 300.000 euros o menos, o 450.000 euros en ciudades con más de un millón de habitantes.
La figura del autónomo de responsabilidad limitada forma parte de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre y, según el Consejo General del Notariado, está dirigida a fomentar la actividad emprendedora. Para ello, a su alrededor se ha creado un marco que evita parcialmente que el autónomo responda con todos sus bienes de las consecuencias que revista su actividad.
Para acceder a esta basta con ser una persona física que desarrolla una actividad económica acorde a los requisitos que establece la Ley. Así, se extiende tanto a autónomos como a empresarios y a profesionales que estén ejerciendo su actividad con anterioridad.
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La principal ventaja que estos consiguen es excluir la responsabilidad sobre su vivienda por aquellas deudas derivadas de su actividad. Sin embargo, la normativa establece como límite que el valor de este inmueble no supere los 300.000 euros, o los 450.000 en el caso de que la vivienda se encuentre en poblaciones de más de un millón de habitantes.
En paralelo, los autónomos deben tener presente que esta figura no les ampara de todas sus deudas, sino únicamente de aquellas que tengan origen en su actividad profesional. Así, no están protegidos en relación a sus deudas familiares y particulares así como a sus deudas tributarias o con la seguridad social y a las deudas contraídas con anterioridad a la adquisición de la condición formal de empresario de responsabilidad limitada.
Pasos para acogerse a este régimen
En lo que respecta a las formalidades que los autónomos han de llevar a cabo para beneficiarse de este régimen, la ley establece que el autónomo ha de comparecer ante notario para declarar formalmente su voluntad de adquirir la condición de empresario de responsabilidad limitada.
Este acta, además, deberá indicar tanto la actividad que va a ejercer como la identificación de cuál es su vivienda habitual, la cual quedará excluida de la responsabilidad. Con ello, el notario hará los trámites pertinentes para inscribir al interesado como autónomo de responsabilidad limitada en el registro mercantil y la vivienda, en el registro de la propiedad.
Finalmente, se deberá constatar en toda documentación la condición de autónomo de responsabilidad limitada y someter a auditoría las cuentas anuales correspondientes a su actividad empresarial, depositando las cuentas anuales en el registro mercantil.