Cómo y cuándo tributa un autónomo por módulos
Los autónomos que cotizan bajo el Régimen de Estimación Objetiva por Signos, Índices o Módulos es el conocido como tributación por módulos. Se aplica a los pequeños empresarios para simplificar su actividad. Explicamos los requisitos que se deben tener, y cómo se calcula y se abona.
El Régimen de Estimación Objetiva por Signos, Índices o Módulos es el más conocido como el sistema de cotización por módulos de los autónomos. Esta modalidad es un sistema simplificado de tributación que se aplica a pequeños empresarios para simplificar la Administración de su actividad empresarial.
Requisitos para cotizar por módulos
Según informa portalemp.com, en este sistema se calculan los beneficios de una actividad empresarial a través de unos indicadores. Así, desde el principio del año se sabe qué rendimiento se va a declarar y los impuestos a abonar trimestralmente a Hacienda. Esta modalidad sólo puede aplicarse a profesionales autónomos que cumplan los siguientes requisitos:
- Que su actividad o actividades estén incluidas en la Orden del Ministro de Economía y Hacienda que desarrolla el régimen de estimación objetiva (por módulos) y no rebasen los límites establecidos.
- Que los ingresos anuales no superen los 450.000€ para el conjunto de actividades económicas, o 300.000€ en caso de actividades agrícolas y ganaderas.
- Que el importe de lo gastado en bienes y servicios en el año anterior no superen los 300.000 euros (excluyendo las inversiones).
- Que retengan un 1% en sus facturas. Además, no podrá acceder a este sistema si en el año anterior ha tenido rendimientos superiores a 225.000 €, con carácter general o 50.000 €, siempre que más del 50% de sus ingresos provengan de empresas y, por tanto, estén sujetas a retención.
- Que no haya renunciado, ni esté excluido del régimen simplificado del IVA.
- Que no hayan renunciado a la aplicación de este régimen.
Cómo se calcula y cómo son los pagos
La forma de calcular el rendimiento neto es multiplicando los importes fijados para los módulos, por el número de unidades del mismo empleadas. Además, la cuantía deducible por la amortización del inmovilizado (las inversiones), será exclusivamente la que apruebe el Ministro de Economía y Hacienda.
Es obligatorio conservar las facturas emitidas y recibidas, los justificantes de los módulos aplicados, además del libro registro de bienes de inversión, en caso de practicarse amortizaciones. En actividades que se calculan en función de las operaciones (actividades agrñicolas, ganaderas, etc.) también deberá aportarse el libro registro de ventas o ingresos.
Los autónomos que tributan por módulos realizan cuatro pagos trimestrales en el modelo 131 a cuenta del IRPF. En abril, en julio, en octubre y en enero del siguiente año.