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El FGD excluye también de su protección a los sospechosos de blanqueo

Los directivos de Banco Madrid y sus familias, sin la garantía de 100.000 euros

Los directivos de Banco Madrid y sus familiares también se quedarán fuera de la protección

Sede de Banco de Madrid en la capital madrileña.
Sede de Banco de Madrid en la capital madrileña.EFE

Los accionistas y directivos de Banco Madrid quedarán fuera de la protección de los 100.000 euros por titular que confiere el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD). También serán excluidos sus familiares de primer grado. Los clientes en los que haya duda de blanqueo tampoco gozarán, previsiblemente, de su cobertura.

De entrada, todos los clientes de Banco Madrid, que se estima en unos 14.000 –al margen de los partícipes de los fondos y las Sociedades de inversión de capital variable (Sicav) de la gestora–, gozan de una protección incuestionable: la que les concede el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), que ya ha anunciado que comenzará a reembolsor los importes asegurados.

Cada titular de una cuenta o de un depósito tiene asegurados hasta 100.000 euros. Así lo resaltó el Banco de España el pasado lunes, cuando anunció que solicitaba el concurso de acreedores de la entidad financiera, intervenida el martes 10 de marzo, y lo reiteró ayer el propio FGD en una  nota en la que explica que reembolsará los depósitos dinerarios garantizados con la "máxima celeridad". Previamente, el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria había anunciado que no rescatará Banco Madrid.

Pero no todos los depositantes gozarán de esa protección. Quedan excluidos los constituidos por los directivos y principales accionistas de la entidad. Al menos, todos aquellos que no sacaron el dinero antes de la intervención o hasta el pasado viernes 13, día hasta el que se pudieron retirar depósitos. La ley en vigor especifica que están fuera los directores generales y personas de alta dirección bajo la dependencia directa del órgano de administración o de comisiones ejecutivas.

Las cifras

20días es el plazo que tiene el FGD para reembolsar los hasta 100.000 euros por titular.

50.000euros es el importe mínimo que se exigía en Banco Madrid para ser cliente. La entidad contaba a finales de noviembre con 695 millones en depósitos.

Por supuesto, están excluidos quienes hasta el pasado miércoles 11 de febrero eran consejeros de la entidad. Es decir, José Pérez Fernández, presidente no ejecutivo y exdirector del servicio de Supervisión del Banco de España; Joan Pau Miquel Prats, consejero delegado; Higini Cierco Noguer; Ramón Cierco Noguer –ambos miembros de la familia que es accionista mayoritaria de Banca Privada Andorra–; Ricard Climent Meca; Soledad Núñez Ramos, exdirectora general del Tesoro, y el secretario Rodrigo Achirica. Tampoco están cubiertos los accionistas que tengan más de un 10% del capital. Banco Madrid es una filial de BPA, controlada a su vez por la familia Cierco, que contaba con más del 80%. Higini Cierco Noguer y su hermano Ramon Cierco Noguer eran copresidentes de la entidad andorrana.

La normativa en vigor, correspondiente al año 1996, también excluye de la protección del FGD a “los cónyuges y familiares en primer grado” de directivos y accionistas. Fue diseñada así con el objetivo de evitar que los gestores de los bancos asumieran riesgos excesivos, al saber que su dinero estaba garantizado por una tercer organismo. Igualmente, el real decreto excluye de la protección del FGD a las sociedades y agencias de valores –es decir, a los brókeres, como Interdin–, a las entidades aseguradoras y a las gestoras de fondos de inversión y de pensiones.

La ley que regula el funcionamiento del FGD ha sido enmendada en varias ocasiones, después de que con la quiebra de Lehman Brothers se elevara el importe protegido a 100.000 euros. El 12 de junio del año pasado se publicó la directiva europea que daba una vuelta de tuerca a la regulación de los fondos de garantía de depósitos. Este texto, que ha de ser traspuesto para su entrada en vigor –el borrador que lo adapta a la normativa española está en consulta pública desde diciembre de 2014, pero aún no ha sido aprobado–, elimina la discriminación para los ejecutivos, para los accionistas y sus familiares. Sin embargo, no gozarán de esta modificación, porque el FGD ya ha tomado cartas en el asunto y la directiva no ha sido traspuesta.

Esta última directiva especifica además que no estarán asegurados los “depositantes cuyas actividades incluyen el blanqueo de capitales”. La norma vigente afirma que no estarán protegidos los originados en “operaciones en relación con las cuales haya habido una condena penal por delitos resultantes de operaciones de blanqueo de capitales”. Aunque exige condena, fuentes jurídicas señalan que el juez tendrá margen para impedir que el FGD reembolse el dinero a clientes sospechosos de haber cometido este delito.

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