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Extra Instrumentos de Inversión: Impuestos

La reforma fiscal cambia el mercado

Los ahorradores tienen que estar atentos a las novedades tributarias del año que viene y aprovechar estas dos últimas semanas de 2014 para ajustar sus inversiones Las modificaciones favorecen a los grandes patrimonios y penalizan las aportaciones para la jubilación

Asesores financieros de Banca March evalúan cómo afectan las novedades fiscales del año próximo a unos clientes.
Asesores financieros de Banca March evalúan cómo afectan las novedades fiscales del año próximo a unos clientes.Carlos Rosillo

Ley de reforma del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas está de estreno. Se ha publicado el pasado 28 de noviembre, y los ahorradores estudian los cambios que afectarán a su bolsillo a partir del próximo uno de enero, cuando entra en vigor. Los gestores de patrimonio están desbordados, ajustar las inversiones en lo que queda de año puede suponer diferencias de miles de euros en la próxima declaración.

Los cambios sucederán de forma progresiva en dos años. “Son muy complejos, y hay que ver todas las posibilidades financieras y fiscales con la calculadora en la mano”, advierte José María Mollinedo, secretario general del sindicato de los técnicos de Hacienda (Gestha). Quien quiera vender sus inversiones y tenga 64 años o más, podría ahorrarse el impuesto de sus plusvalías si realiza la venta en 2015 y mete el dinero en un producto de renta asegurada vitalicia. Desprenderse de un bien patrimonial comprado en 2014 antes o después de fin de año puede suponer un ahorro superior a la mitad del impuesto que grava sus plusvalías.

Las novedades tienen luces y sombras. De entrada, los inversores pagarán menos impuestos por sus rentas, pero GESTHA ve la reforma injusta. Mollinedo denuncia que “la rebaja de los tipos para declarar la renta de las inversiones beneficiará más a los patrimonios elevados, sobre todo a quienes reciban rentas anuales superiores a 24.000 euros”. O sea, a los que tienen un patrimonio superior al medio millón de euros, aproximadamente. “Los menos beneficiados por la rebaja fiscal serán los pequeños inversores, que son la mayoría”.

Los primeros 1.500 euros de dividendo por las acciones tributarán a partir de ahora y los planes de pensiones se podrán rescatar a los 10 años

La tributación va por tramos, cada uno con un tipo distinto, y ha sufrido diferentes rebajas, que se aplicarán en los dos próximos años. Ramón Gras, director de productos de particulares de Banco Sabadell, lo explica: “La menor rebaja, de solo dos puntos, se hace en el primer tramo de renta del patrimonio, el que llega hasta los 6.000 euros anuales. La rebaja es de cuatro puntos para el tramo de renta que va de 6.000 a 24.000 euros al año, y para quienes reciben rentas superiores a 50.000 euros. La mayor rebaja del tipo impositivo es de seis puntos, y eso es para el tramo de 24.000 a 50.000 euros anuales”.

Valga un ejemplo para ilustrar la situación. Un inversor con una renta de 51.000 euros –para obtenerla debe tener un patrimonio de al menos un millón de euros- pagará a Hacienda 13.050 euros en 2014, 11.120 euros en 2015 y 10.610 euros en 2016. En cambio, quien reciba una renta de 6.000 euros –se obtiene con un patrimonio inferior a 120.000 euros- pagará 1.260 euros en 2014, 1.200 euros en 2015 y 1.140 euros en 2016. La rebaja del gravamen de la mayor renta ha doblado al de la menor.

Acciones

La reforma sobre el dividendo de las acciones también perjudica más al pequeño inversor. Los primeros 1.500 euros recibidos como dividendos de las acciones empiezan a tributar a partir del uno de enero. Quien ponía sus ahorros en los productos estrella de la bolsa española, como los títulos de Repsol, Telefónica, las eléctricas o los bancos, porque tienen una rentabilidad anual por dividendo que ronda el 5% -muy superior a la renta fija- dejarán de hacerlo.

Para Gonzalo Nebreda, director de banca privada de Renta 4 Banco, “la medida es positiva para el mercado de valores porque habrá más personas que prefieran suscribir las ampliaciones de capital de las compañías en vez de recibir dividendos”.

Otra novedad controvertida es que se elimina la plusvalía para la venta de acciones u otros bienes antes del año de su compra, lo que es bueno para los especuladores. 

Planes de ahorro 5

El ahorro para la jubilación recibe dos anuncios positivos. El primero es la creación de un nuevo producto bautizado como plan de ahorro 5. Tiene 5.000 euros de límite anual de aportación, puede ser un seguro o un depósito, y sus rendimientos no tributan si la inversión se mantiene durante cinco años. “Es muy interesante, y toda la industria financiera espera el desarrollo de su regulación. Será entonces cuando lancemos un producto que estamos perfilando”, cuenta Wolfgang Kania, responsable de planes de pensiones de Deutsche Bank España.

Luis Sáez de Jáuregui, director del negocio de particulares, vida y no-vida de AXA, hace una crítica ya: “La ley obliga a garantizar el 85% de la inversión, y con ese tope estimamos una rentabilidad de hasta el 2,68 TAE en cinco años. En el contexto actual de bajos tipos de interés de la renta fija, yo habría dado libertad a la mitad del producto para meter opciones de mayor rentabilidad”.

Productos para la jubilación

El segundo buen anuncio del cambio fiscal es poder rescatar a los 10 años los planes de pensiones, que antes solo podía hacerse en casos extremos de necesidad. “Esta flexibilidad animará el ahorro en productos para la jubilación”, asegura José Antonio Iglesias, subdirector general de clientes y oferta de VidaCaixa. La ventaja se ve empañada por la rebaja de la aportación anual a productos para pensiones a 8.000 euros.

David Nuevo, subdirector de banca patrimonial de Banca March, hace otra apreciación: “Mientras la reforma reduce los tipos del ahorro (el máximo será el 23% en 2016), no modifica el tratamiento fiscal del rescate de los productos de previsión social -como planes de pensiones-. Dichas rentas se mantienen como rendimientos del trabajo y tributan al tipo marginal del contribuyente en el rescate, de hasta el 45%. La reforma mantiene la penalización fiscal de los productos de previsión social, el ahorro por excelencia para la jubilación”. Un pensionista con 600 euros mensuales que rescate el capital de su plan de pensiones de 60.000 euros deberá sumar ambas cifras sobre las que se aplicará el tipo marginal.

Un cambio positivo de la reforma fiscal es que los mayores de 65 años dejarán de tributar por las ganancias patrimoniales si las invierten en un seguro de renta vitalicia -se cobra de forma periódica-. “Es una buena opción para eludir el pago de impuestos por parte de quienes tienen rentas patrimoniales elevadas. Sin embargo, no es una medida que estimule el ahorro para la jubilación”, dice Mar Barrero, analista de Profim.

Otra novedad tibia es la rebaja de cinco a diez años del tiempo máximo de aportación a planes individuales de ahorro sistemático (PIAS), un seguro de vida que se cobra de forma periódica a vencimiento. “Es una buena noticia para este producto, que puede complementar la jubilación porque su rentabilidad carece de tributación. Pero ni este, ni los otros cambios realizados en el IRPF son suficientes para hacer la gran reforma para la jubilación, que es la asignatura pendiente en España”, denuncia Manuel Álvarez, director del Observatorio de Pensiones de Caser.

Las mejores inversiones

Con estos mimbres, la mejor fórmula fiscal del ahorro es poner el dinero a trabajar en los fondos de inversión –no tributan ni por el trasvase entre ellos ni por las plusvalías anuales-. A partir de los 65 años, vender los fondos de mayor plusvalía para comprar un seguro de renta vitalicia eliminaría la tributación y dejaría una renta que cada persona puede acomodar a su jubilación.

Ramón Gras augura un escenario de baja rentabilidad para 2015. “Es imposible obtener rentabilidades superiores a las ofrecidas por los depósitos sin riesgo o en el corto plazo. El inversor conservador no obtendrá una rentabilidad superior al 1%”, explica. Incluso quien pueda asumir riesgo e invierta en mercados financieros obtendrá una rentabilidad “sensiblemente menor que la observada en el periodo 2009-2014”. Aconseja invertir a más de cinco años, “dado que la probabilidad de pérdidas en activos de riesgo disminuye significativamente a partir de ese periodo”, y en una cartera diversificada con muchos activos, mejor si su gestión es profesional.

El Banco Santander recomienda repartir los ahorros entre los depósitos y los fondos de inversión. Indica que los ahorradores más conservadores deberían poner la mitad de su dinero en una cuenta corriente remunerada, otro 20% en un fondo de renta fija privada y el resto dividido de forma igualitaria en cuatro tipos de fondos: renta fija, acciones españolas, acciones de la zona euro y Bolsa de Estados Unidos.

Los inversores moderados deberían reducir el ahorro en cuentas remuneradas al 30%, poner otro 10% en acciones estadounidenses y el resto dividirlo entre dos fondos de renta fija –uno de ellos privada-, acciones españolas y acciones de la zona euro. A los más arriesgados les aconseja equilibrar su inversión entre todo este tipo de productos y entrar en fondos de renta fija y de acciones de Latinoamérica.

El antes y el después

♦ Los primeros 6.000 euros obtenidos como renta de ahorro tributan hoy a un tipo fijo del 21%. La reforma de la Ley del IRPF establece que tributarán al 20% en 2015, y al 19% en 2016.

♦ El siguiente tramo obtenido por renta de ahorro, de 6.000 a 24.000 euros, tributa al 25%. En 2015 lo hará al 22%, y cambia la horquilla que será de 6.000 a 50.000 euros. Esa misma horquilla tributará al 21% en 2016.

♦ El tercer tramo de la renta de ahorro es la superior a 24.000 euros, y tributa al 27%. En 2015, el tercer tramo será el superior a 50.000 euros y tributará al 24%, en 2016 lo hará al 23%.

♦ Hoy no se pagan impuestos por los primeros 1.500 euros cobrados como dividendos de acciones. A partir del año que viene se anula esta ventaja.

♦ La plusvalía por la venta de bien cualquier bien patrimonial adquirido con menos de un año respecto a la fecha de venta será gravado como una renta ordinaria en la base liquidable general del IRPF (del 24,75% al 52-56%). Desde el uno de enero tributará como el resto de las rentas del ahorro (entre el 21% y el 24%).

♦ El límite máximo anual para ahorrar en productos pensados para la jubilación (planes de pensiones y planes de previsión asegurada) es 10.000 euros, siempre que no supere el 30% de los ingresos. Para mayores de 50 años, el límite máximo es 12.500 euros, con la condición de no superar la mitad de sus ingresos. A partir del uno de enero se reducen ambas cantidades hasta 8.000 euros anuales, y no se puede superar el 30% de los ingresos.

♦ Solo se puede disponer anticipadamente del dinero aportado a planes de pensiones y planes de previsión asegurada por desempleo de larga duración, enfermedad grave o desahucio de la vivienda habitual. Desde 2015 se podrán rescatar las aportaciones a los diez años de realizar la inversión, y habrá que esperar a 2025 para rescatar lo aportado antes de 2015.

♦ Los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS) son seguros de vida a diez o más años que se cobran como una renta vitalicia al vencimiento. A partir del año que viene se reduce el tiempo mínimo de aportación al seguro a cinco años.

♦ La venta de la vivienda habitual es la única exención a la tributación de los mayores de 65 años. El próximo uno de enero, también dejarán de tributar por otras ganancias patrimoniales (cualquier inmueble, valores, joyas, etcétera) si las invierten en un seguro de renta vitalicia hasta un límite de 240.000 euros para el total de sus vidas.

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