Cómo acceder ahora a una jubilación anticipada
El Gobierno ha dado marcha atrás en su intención de modificar las condiciones de acceso a la jubilación anticipada para personas de 61 años. De esta forma, quedará el criterio inicial y aquellas personas que perdieron su trabajo antes del 1 de abril de 2013 sin formar parte de un despido colectivo y manteniendo convenios individuales podrán acceder a la jubilación anticipada a los 61 años.
Según el sistema en vigor, ¿cuáles son las condiciones para poder acceder a la jubilación anticipada? Aquí van algunas claves:
P. ¿Cómo se accede a la jubilación anticipada?
R. Las condiciones de acceso cambiaron en las reformas de pensiones de 2011 y 2012. La última normativa vigente diferencia entre el retiro anticipado forzoso y el voluntario. El forzoso es para aquellos casos en los que el trabajador procede de un despido colectivo, un objetivo procedente, o alguna causa de fuerza mayor. En estos casos, se exigirán cuatro años, como máximo, menos que la edad legal de jubilación en cada momento. En 2014 se les exigirán, por tanto, 61 años y dos meses;y 33 años cotizados. Para el retiro anticipado que se provenga de la “libre voluntad del trabajador” se exigirán dos años, como máximo, menos que la edad legal en cada momento (en 2014, 63 años y dos meses) y 35 años cotizados.
P. ¿Hay alguna excepción a estas dos normas?
R. Sí. La ley fija dos colectivos a los que no se les exigirán los requisitos anteriormente descritos sino unos más laxos vigentes antes de la reforma de pensiones de 2011. Estos podrán jubilarse anticipadamente con 61 años y 30 años cotizados.
P. ¿Qué colectivos tienen las citadas condiciones más ventajosas?
R. Aquellos trabajadores que perdieron su empleo antes del 1 de abril de 2013 y que provengan de un despido colectivo, o un pacto de jubilación con su empresa. Así como todos aquellos que fueron despedidos individualmente siempre y cuando no vuelvan a cotizar en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social.
P. ¿En qué modifica el acceso a este retiro el pacto sellado ayer entre Empleo, los sindicatos y la patronal?
R. Según el acuerdo de ayer, la Seguridad Social emitirá en breve un criterio administrativo para interpretar la ley vigente, que precisará un tercer grupo de trabajadores dentro de los dos colectivos antes citados que pueden acogerse a las condiciones de retiro anticipado más ventajosas.
De esta forma, podrán acceder a la jubilación temprana a los 61 años y con 30 años cotizados, aquellos trabajadores despedidos individualmente antes del 1 de abril de 2013, que hubieran suscrito posteriormente un convenio especial con la Seguridad Social. Se incluirán en este grupo los beneficiarios del subsidio de mayores de 55 años con uno de estos convenios.