Déficit del gobierno eléctrico
El déficit de tarifas eléctrico es una simple diferencia entre los ingresos y los gastos. Los ingresos están regulados por el Gobierno, los gastos también están regulados por el Gobierno. Es un déficit de gobierno.
En los ingresos que el Gobierno regula empezaron las distorsiones cuando en 2002 el Gobierno decide no aumentar las tarifas eléctricas a los usuarios según aumentaban los costes; pero les reconocía a las eléctricas que se lo pagaría más tarde. En el año 2004 cambia el Gobierno y en 2011 vuelve a cambiar; pero ninguno corrige esta distorsión.
Los gastos los regula el Gobierno. El Gobierno parte de los costos que dicen las eléctricas; el Gobierno compensó a las eléctricas con unos costes de transición a la competencia. El Gobierno imputa a la tarifa eléctrica la moratoria nuclear, los mayores costos de la energía fuera de la Península, las ayudas al carbón, las primas a las renovables, el bono social, etc. El Gobierno decide qué partidas asumen los Presupuestos Generales y qué partidas no. Todos estos gastos son consecuencia de decisiones del Gobierno.
En la producción de energía eléctrica se tardan años desde que se realiza la inversión hasta llegar a producir energía eléctrica; como en este proceso se tienen que pedir múltiples permisos, licencias y autorizaciones que da el Gobierno, se sabe cuánto repercutirá en los ingresos y en los gastos con años de antelación.
Ahora aparece un abultado déficit, de lo que se sorprende la prensa, las eléctricas y hasta el Gobierno; como hay gente que se sorprende del frío que nos hace en enero. El déficit de tarifas no se produce hoy, sino que es una consecuencia de las decisiones tomadas anteriormente por el Gobierno, por los distintos Gobiernos.
Tanto en ingresos como en gastos, el Gobierno puede y debe corregir las decisiones que en su día tomó, si estima que son manifiestamente mejorables. En el proceso de corrección, el Gobierno puede, pero no debe, saltarse las leyes. El Gobierno ha decidido unilateralmente disminuir, con efectos retroactivos, las retribuciones a los miles de ciudadanos que invirtieron sus ahorros para desarrollar el Plan de Energías Renovables, alterando las condiciones publicadas repetidamente en el Boletín Oficial del Estado.
En el año 2011, durante el debate sobre la Ley de Economía Sostenible, el Senado propuso derogar algunas disposiciones que el Gobierno había introducido en el RDL 14/2010. El Senado las consideraba retroactivas y, por lo tanto, que violaban la Constitución española. El Gobierno impidió que el Congreso lo ratificara, prometiendo actuaciones compensatorias que nunca puso en práctica. Varias comunidades autónomas han estimado dicha retroactividad, por lo que han llevado este asunto al Tribunal Constitucional. En sentido similar se pronunció el Defensor del Pueblo de varias comunidades autónomas.
Saltarse las leyes es ilegal y además es estúpido, porque perjudica al Gobierno que lo propone, a su Estado y a sus ciudadanos. La energía es necesaria y para su desarrollo siempre son necesarias inversiones a largo plazo, que las aportan los ciudadanos con las condiciones que el Gobierno establece.
En una inversión a largo plazo lo primero es la seguridad del mantenimiento de las condiciones sobre las que se realiza la inversión. Cuando el Gobierno cambia unilateralmente las condiciones hace daño a aquellos que confiaron en el Estado; pero sobre todo se hace daño a sí mismo, porque los ciudadanos no volverán a invertir mientras no se restablezca la seguridad jurídica.
La demanda de energía necesita invertir tanto capital que se apela al capital nacional y al capital extranjero. España, como otros países, firmó la Carta de la Energía, que establece el marco de seguridad jurídica para que ciudadanos de otros países inviertan en el extranjero sin tener que conocer toda la regulación local. Confiados en el Plan Nacional de Energías Renovables y en la Carta de la Energía, muchos extranjeros invirtieron miles de millones de euros en España y ahora se han visto perjudicados porque el Gobierno ha cambiado las condiciones de la remuneración de la inversión; por lo tanto el Reino de España ha sido demandado en la Corte de Arbitraje Internacional que entiende de estos asuntos. No es fácil que los fondos internacionales vuelvan a invertir en energía en España si no se restablece la seguridad jurídica en este reino.
Podría darse el caso de que entre los cientos de párrafos de los distintos BOE haya alguna pequeña consideración en la que se pudiera apoyar el Tribunal Constitucional para no estimar el recurso de las comunidades autónomas. Entonces los miles de ciudadanos, que saben leer el Boletín Oficial del Estado y que confiaron en su Estado, serían tremendamente perjudicados y se sentirían estafados por su propio Estado, quien también sufriría el daño de ser calificado como país de alto riesgo económico.
Juan J. Rojo es Director General de Sumersol