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El Foco
Columna
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Derecho, moral y ética

A propósito de conductas irregulares que estos días copan las portadas de los medios de comunicación, el autor profundiza en las diferencias existentes entre tres conceptos que, a menudo, se confunden entre sí

En el poema épico de la Eneida, Virgilio cuenta la historia de Eneas, que se estableció en el Lacio y del cual desciende el pueblo romano. Eneas es retratado como un hombre que, no sólo obedece las leyes, sino que aprende a dominar sus pasiones y subordinar su voluntad a un plan divino, asumiendo para el bien de su pueblo el "sentido del deber", la virtud romana de la pietas.

Con motivo de las conductas irregulares que acaparan los medios, tertulias y público en general, observo que las nociones de derecho, moral y ética vienen utilizándose con poca precisión, creando confusión. Me gustaría contribuir, modestamente, al esclarecimiento de los mismos. Los tres conceptos constituyen sistemas normativos que regulan separadamente la conducta humana, aunque hay que reconocer que delimitarlos con precisión no es posible. Algunos opinan que los ámbitos de los tres podrían reflejarse en círculos concéntricos, donde el mayor sería el derecho, el medio, la ética y el más interno, la moral. Yo pienso, usando el símbolo del círculo, que más bien estaríamos ante círculos tangentes o secantes, porque hay zonas que se solapan. Por ejemplo, el deber de no incurrir en conflictos de interés suele constituir a la vez un deber jurídico y un deber ético. El derecho es un sistema de normas imperativas y ejecutables para dirigir el comportamiento humano. Santo Tomás definía la ley como la "ordenación de la razón dirigida al bien común y promulgada por quien tiene el gobierno de la comunidad". Las características de esta rationis ordinatio son la generalidad, la permanencia, la promulgación formal y, sobre todo, la imperatividad, características que la distinguen de la moral y la ética. El derecho consiste en reglas reconocidas, con mayor o menor intensidad, por todos los sectores de una comunidad, distinguibles al ser expresadas formalmente por escrito, interrelacionadas subjetivamente y ejecutables a través de mecanismos coercitivos de la comunidad. El derecho constituye el mínimo nivel aceptable de conducta y convivencia. Muchos, incluidos políticos y hombres de negocio, piensan que hacen bastante con respetar la ley y que todo es correcto mientras no sea ilegal. Ciertamente hay que respetar el derecho para evitar coincidir con Hobbes (Homo homini lupus). Por eso, toda sociedad democrática requiere un estado de derecho en el que todos tienen el deber de respetar la ley. Pero la ley no es suficiente. Para progresar, una sociedad necesita ser más exigente que este mínimo básico para evitar la ley de la jungla o del más fuerte.

La moral consiste en las nociones de bien o de mal que guían a cada uno individual y subjetivamente en nuestra existencia diaria. El término moral procede del latino mores, que significa costumbres y convicciones. Se refiere a los sentimientos subjetivos de lo que es bueno y malo en la mente de los miembros individuales de la comunidad. Se trata de los principios que animan y rigen la vida individual de cada persona y que no pueden comunicarse a los demás de forma plena. Nuestras convicciones subjetivas del bien y el mal son indescifrables desde el exterior y se difuminan en el interior. Sorprende la facilidad con que los políticos acusados de irregularidades invocan la presunción de inocencia como principio de derecho de que nadie es culpable hasta que no es condenado, sin tener en cuenta que, dada su elevada función, no basta que respeten las normas jurídicas como cualquier ciudadano, sino que constituyen referentes de conducta moral y ética, muy por encima del listón básico de la legalidad. Dice Geoffrey C. Hazard, profesor emérito de la Universidad de Pensilvania, uno los grandes eticistas mundiales, de cuya amistad me honro de antiguo y que me ha inspirado en esta reflexión, que el derecho y la moral se sitúan en los extremos del espectro normativo en relación con la forma e inteligibilidad mutua y como mecanismos de acción personal y social.

Entre el derecho y la moral está la ética. La ética, que igualmente procede del griego ethos (costumbre), consiste en normas de acción y ejemplificación de valores dentro de una comunidad. Son normas que son entendidas y compartidas por un grupo humano sobre la base de un reconocimiento generalmente recíproco. La ética empieza donde termina el derecho. El Dalai Lama dijo una vez que la ética "es el intermedio entre mi deseo de ser feliz y el de los demás". Hazard añade: "al hablar de mi conciencia, me refiero a mi propia conciencia, lo que es solamente inteligible por los demás por analogía". Cuando hablamos de deber ético nos referimos a modelos de acción dentro y como parte de una comunidad y, por tanto, a normas que tienen su aspecto objetivo. Cuando hablamos del derecho nos referimos a un sistema normativo que, no sólo tiene un contenido objetivo, sino también que se expresa en un lenguaje formal. Existe una creciente preocupación por la ética y especialmente por el comportamiento irregular de muchas conductas que vulneran sus normas. Un general norteamericano manifestaba, ya en 1948, que el mundo "ha alcanzado brillantez pero sin inteligencia, poder pero sin conciencia; el nuestro", dijo, "es un mundo de gigantes nucleares y de niños éticos". Sin duda la principal diferencia entre el derecho, la moral y la ética estriba en la coercibilidad y en la sanción a sus infracciones. La norma jurídica es coercitiva y su violación comporta sanciones civiles o penales. Esta misma coerción no existe en las normas morales y éticas. La violación de las normas éticas no comporta este tipo de sanciones y sólo la desaprobación por parte de los vecinos, colegas profesionales o la comunidad en general. La violación de los principios morales individuales conlleva como única sanción el remordimiento de la propia conciencia.

El derecho a menudo encarna principios éticos. Por eso, un gran presidente del Tribunal Supremo de los EEUU, Earl Warren, exclamó en una ocasión que el derecho "flota sobre un mar de ética", a pesar de pertenecer a estratos distintos. Muchos actos, ampliamente condenados como poco éticos, no están prohibidos por la ley -mentir o traicionar la confianza de un amigo, por ejemplo-. Y lo contrario también es cierto. No sólo los tres conceptos no están rígidamente delimitados y muchas veces se traslapan, sino que existe una ósmosis entre los mismos. Normas morales concebidas subjetivamente por un individuo pueden, gracias a su ejemplo, convertirse en principios éticos para toda una comunidad. Pongo por ejemplo a Gandhi, cuya convicción en la ahimsa (no violencia), se transformó en una norma de conducta de todo un pueblo. No es infrecuente tampoco que normas éticas se conviertan en legales. Así, la tradicional práctica médica de informar al paciente, ha devenido una obligación jurídica y los deberes éticos sobre transparencia o no hacer negocios con las acciones de la propia empresa, tras graves escándalos (Enron, WorldCom, Tycon), fueron transformados por la Sarbanes-Oxley Act 2002 en reglas jurídicas imperativas. De ahí, pues, que el flujo del cambio normativo suele ser a partir de la moralidad subjetiva a una ética participada por un grupo y finalmente en ocasiones a una expresión de derecho. El hombre necesita reglas para poder vivir en sociedad, pero, sobre todo, para vivir de acuerdo con su conciencia.

Ramón Mullerat es abogado y expresidente del Consejo de Colegios de Abogados de la Unión Europea (CCBE)

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